La Corte falló en contra de la ANSES sobre el cálculo de pensión por viudez

En la causa “Vergara, Alicia Estela c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes varios”, el Máximo Tribunal hizo lugar al reajuste de la pensión por fallecimiento solicitado.

 

De esta manera, y con los votos de los doctores Lorenzetti, Fayt y Maqueda, la Corte Suprema de Justicia de la Nación reconoció el esfuerzo contributivo de más de 32 años de trabajo del cónyuge de la demandante.

 

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) había considerado los últimos 5 años del trabajador (bajo el régimen autónomo) para determinar el monto inicial de la pensión.

 

El fallecido contaba con más de 32 años de servicios ingresados de forma efectiva al sistema de la seguridad social, 27 de los cuales habían sido bajo el régimen de relación de dependencia.

 

Los magistrados consideraron que el cómputo de la ANSES no reflejaba el esfuerzo contributivo de la persona y, basándose en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional que ordena la protección integral del trabajo y el reconocimiento de los beneficios de la seguridad social, fallaron a favor de la demandante.

 

La Corte entendió que la pensión debe reflejar la totalidad del esfuerzo contributivo realizado y por ello le ordenó al organismo previsional que efectúe el reajuste correspondiente contemplando los años de servicios obviados.

 

 

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