Noticias
Miércoles 06 de Marzo de 2024
La Corte Suprema pone freno a la actualización de créditos laborales
En un fallo dictado el 29 de febrero de 2024, el máximo tribunal consideró que “no se deben intereses de los intereses”, que la capitalización anual de intereses "conlleva una desmesurada consecuencia patrimonial", genera "un enriquecimiento sin causa justificada" de los acreedores laborales y produce una distorsión irrazonable que atenta contra la seguridad jurídica.
Es un fallo significativo que invalida el sistema de actualización de créditos laborales adoptado por el Acta 2764 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en septiembre de 2022 y que multiplicó significativamente los pasivos laborales para las empresas.
Fallo CNT 23403/2016/1/RH1 “Oliva, F. O. c/ COMA S.A. s/ despido”, 29/2/24.
Artículos
Modificaciones a la Ley de Fondos de Inversión en Uruguay
Por
Raul Vairo y María José Fernández
POSADAS
POSADAS
opinión
ver todos
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados
PASBBA Abogados
Por Abeledo Gottheil Abogados
Aldana R. Schiavi
Aldana R. Schiavi
Por Carlos Falco
Ferrere Abogados
Ferrere Abogados
detrás del traje
Marcelo Jaime
De MARCELO JAIME ABOGADOS & CONSULTORES
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ARTÍCULOS RELACIONADOS