Fallos
Miércoles 12 de Agosto de 2009
La IGJ Estableció la Fecha de Vencimiento del Pago de la Tasa Anual
Por medio de la resolución 140/2009, la Inspección General de Justicia (IGJ) determinó la fecha de vencimiento de la tasa anual empresarial, aplicándose la multa respectiva en caso de incumplimiento de dicha oligación.
De acuerdo a lo resuelto por la IGJ, las sociedades anónimas tendrán tiempo hasta el próximo 18 de septiembre para cumplir con su obligación, aclarándose en la mencionada resolución, que vencida dicha fecha fijada como límite para el cumplimiento, se aplicará la multa correspondiente.
La sanción contemplada para tales casos, consiste en la aplicación de una vez y media de la tasa anual de interés mensual utilizada por el Banco de la Nación Argentina para realizar sus operaciones de descuento de documentos comerciales sobre los montos omitidos.
Opinión
Conflictos colectivos en la era digital: nuevas formas de protesta “2.0”
Por
Julián G. Cosso
CYT Abogados
CYT Abogados


opinión
ver todos
Por Laura de Achával
Achával IP & Asoc.
Achával IP & Asoc.
Por Santiago Kent
Estudio Kent
Estudio Kent
Por Alan Hirschlaff
Olivera Abogados
Olivera Abogados
Por Horacio Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales
Franco Abogados - Consultores Ambientales
detrás del traje
De MBB BALADO BEVILACQUA ABOGADOS
Nos apoyan

ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
ARTÍCULOS RELACIONADOS