Durante 1993, se detectó que 34 pacientes que se atendían en el Centro Modelo de Diálisis habían contraído el virus de HIV y hepatitis C por una supuesta falta de controles del servicio de salud.
La Sala III de la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial, integrada por los magistrados Francisco Agustín Hancovits y Andrés Antonio Soto, condenó al Estado bonaerense a indemnizar a las familias de las dos personas que fallecieron durante sus tratamientos de diálisis.
Las indemnizaciones fueron fijadas en 28.000 y 30.000 pesos, en concepto de incapacidad sobreviviente en función de “la pérdida de chance de sobrevida”. A estas sumas hay que sumarles los intereses por el tiempo transcurrido.
Los camaristas remarcaron que “la adecuada, oportuna y real fiscalización del Estado hubiera advertido las negligentes tareas de control inmunológico y no sobre la base de las inevitables consecuencias luctuosas”.
Asimismo, agregaron: “la fiscalización y supervisión estatal debe orientarse a la finalidad de asegurar los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de las prestaciones médicas”.
Cabe recordar que por el contagio en el Centro de Salud habían sido procesados penalmente 5 médicos y el titular de la Clínica Modelo, aunque la causa prescribió en 1995 sin acusación.
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