La Justicia le Ordenó a Buenos Aires Dejar de Cobrar Impuesto Diferencial

A partir de la Ley Tributaria 2012, la provincia de Buenos Aires había determinado una alícuota diferencial del Impuesto de Sellos a aquellos contribuyentes que celebraran escrituras con la participación de escribanos porteños.

En el artículo 46, apartado B, Nº 7, se impuso una norma que determinaba una alícuota de 4% en concepto del tributo antes mencionado en los actos sobre inmuebles ubicados en la Provincia que se instrumenten fuera de dicho territorio.

Con esta medida, el gobierno de Daniel Scioli intentaba “castigar” con un punto porcentual extra (ya que la alícuota general es de 3%) a las escrituras de los inmuebles que se hagan fuera de su territorio.

Por su parte, el Colegio Público de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires inició una causa por inconstitucionalidad de la medida. Así, la Corte Suprema de Justicia declaró que la nueva normativa no puede regir debido a que afectaría a los escribanos porteños y los perjudicaría. Además, corrió traslado del expediente a la provincia para que se defienda en un plazo de 60 días.

Uno de los puntos que recordó la Corte fue que entre 2008 y 2009 el Máximo Tribunal tuvo que intervenir en algunas ocasiones para frenar “intentos de las provincias de crear impuestos por vía indirecta cuando empiezan a sufrir falta de recursos”.

De esta manera y con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Eugenio Zaffaroni, la Corte, en la causa “Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción de amparo", le ordenó al gobierno de la provincia que evite realizar reclamos y que se abstenga de exigir el pago de la alícuota diferencial en tanto se dicte sentencia firme.

Cabe señalar que, además de la causa iniciada por el Colegio de Escribanos porteños, ya hay presentaciones individuales de ocho notarios, para dos de los cuales la Corte también declaró su competencia originaria.

Los escribanos alegaron que la nueva carga tributaria mantiene tintes discriminatorios y que desplazan a los notarios de la ciudad de Buenos Aires. Asimismo, la Corte tomó la decisión de dictaminar rápidamente debido a que se espera un aluvión de casos que podrían ser alcanzados por lo resuelto hasta el momento.

 

 

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