La Justicia Limita la Intervención del Gobierno en Ausol
Tras haber obtenido una suba en el precio de los peajes que le permitirá mitigar en parte el ahogo que sufren sus finanzas, Ausol logró una victoria parcial en la Justicia vinculada a la intervención estatal que a fines de noviembre decretó el Gobierno luego de que la concesionaria del Acceso Norte se declarara en default. Ayer, el Juzgado Contensioso Administrativo Federal Nº 6, de la Capital Federal dio curso a un reclamo interpuesto por la compañía en contra de la medida oficial que decretó el desembarco de un interventor estatal por 120 días. Si bien el fallo no da marcha atrás con la intervención, limita el alcance a la función de fiscalización y control pero anula la posibilidad de “coadministración societaria” que la Dirección de Vialidad Nacional ordenaba ejercer a Héctor Juan Molina, interventor designado por el gobierno kirchnerista. El primer paso de Molina fue pedir una auditoría contable de la compañía, que cerró el tercer trimestre con un patrimonio neto negativo de $ 10,9 millones y pasivos por $ 1.223,8 millones. A la solicitud de la auditoría el directorio de Ausol respondió presentando una medida cautelar para que la Justicia anule la intervención. Ayer, la jueza María Alejandra Biotti respondió rechazando anular la intervención pero limitando su alcance. “La autoridad administrativa reconoce que la intervención temporal tiene su fundamento en los posibles perjuicios que puedan producirse en la continuidad y calidad del servicio prestado. Sin embargo no aclara en la citada resolución cuáles son tales perjuicios que justifiquen la necesidad de adoptar una intervención administrativa con la función de co-administración”. Para la jueza, permitir esto afecta el funcionamiento del directorio que es el órgano al que le corresponde “administrar” o “gobernar” la institución. También estima que el Gobierno no acreditó “de manera concreta un perjuicio que pueda representar la afectación del servicio que presta Ausol en su carácter de concesionaria del Acceso Norte y menos aun que se encuentre en peligro la seguridad vial”. Según el fallo “resulta adecuado prevenir los perjuicios que pueda generar la posibilidad que se manifiesten actos que afecten el normal desenvolvimiento de una empresa privada prestataria de un servicio público, antes que se pueda evaluar la validez o no del acto jurídico cuya nulidad pretende obtener dentro del proceso, puesto que de lo contrario la decisión de la justicia llegaría tarde”. Sin embargo, la jueza Biotti ordenó mantener el resto de los artículos de la resolución vinculados a las funciones de fiscalización y control “de todos los actos de administración habitual y de disposición que puedan afectar la normal prestación del servicio público de tránsito que es objeto de la concesión, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa”. Fuente:Cronista.com

 

Artículos

Modificaciones a la Ley de Fondos de Inversión en Uruguay
Por Raul Vairo y María José Fernández
POSADAS
detrás del traje
Marcelo Jaime
De MARCELO JAIME ABOGADOS & CONSULTORES
Nos apoyan