La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta cubrir el 100% de las prestaciones de rehabilitación neurolingüística y fonoaudiológica, terapia ocupacional, psicopedagógica y acompañamiento terapéutico permanente e integración escolar para un niño.
Cabe señalar que el camarista Marcelo Domínguez determinó que la cobertura deberá extenderse hasta diciembre de 2015, inclusive, luego de que se evaluara la conveniencia y alcances de su continuidad.
La madre del niño, que padece trastorno generalizado de desarrollo con rasgos autistas, es afiliada forzosa al Instituto Provincial de Salud de Salta, por lo cual el menor también se encuentra afiliado.
Por su parte, el juez reconoció que el derecho a la salud es impostergable y operativo. Además, no es susceptible de ser cercenado, reducido, modificado o dejado de lado por reglamentaciones o condiciones que no se adaptan con la necesidad concreta del solicitante.
Asimismo, el camarista recordó, al hacer lugar a la acción de amparo, que la protección y asistencia integral a la discapacidad constituye una política pública de la Nación.
El niño, que tiene certificado de la Junta Evaluadora de Discapacidad de Salta, necesita dos sesiones semanales de tratamiento psicopedagógico, dos sesiones semanales de terapia ocupacional y dos sesiones semanales de rehabilitación fonoaudiológica o neurolingüística para su rehabilitación.
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