Uruguay
La Ley de Presupuesto: Cambios en Materia Societaria – Ampliación de Plazos para Comunicar los Beneficiarios Finales al Banco Central del Uruguay (Parte III)

Como regla general las sociedades comerciales están obligadas a comunicar al Banco Central del Uruguay (“BCU”) información relativa a su cadena accionaria y a identificar sus beneficiarios finales (personas físicas). Para cumplir esas obligaciones, las normas hasta ahora vigentes establecían los siguientes plazos: 30 días corridos para socios o accionistas residentes, y 90 días corridos para no residentes.

 

A efectos de alivianar el rigor de los plazos, a partir de la Ley de Presupuesto (“la Ley”) las sociedades deberán comunicar al BCU cualquier cambio que ocurriera con relación a la información previamente registrada (incluyendo aquel operado en su cadena de titularidad) dentro de los 45 días hábiles siguientes a su verificación.

 

En el caso en que las modificaciones refieran a no residentes, dicho plazo se eleva a 90 días hábiles.

 

Esta innovación de la Ley -al igual que los demás casos ya comentados desde este Newsletter- se inscribe en la línea de atenuar el rigor de aquellos plazos que resultaban sobremanera exiguos para sociedades con una compleja estructura accionaria.

 

Por Bruna Royol y Guillermo Duarte 

 

 

Bergstein Abogados
Ver Perfil

Opinión

El nuevo art. 245 bis de la LCT y la reedición de viejos errores del pasado
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan