Como regla general las sociedades comerciales están obligadas a comunicar al Banco Central del Uruguay (“BCU”) información relativa a su cadena accionaria y a identificar sus beneficiarios finales (personas físicas). Para cumplir esas obligaciones, las normas hasta ahora vigentes establecían los siguientes plazos: 30 días corridos para socios o accionistas residentes, y 90 días corridos para no residentes.
A efectos de alivianar el rigor de los plazos, a partir de la Ley de Presupuesto (“la Ley”) las sociedades deberán comunicar al BCU cualquier cambio que ocurriera con relación a la información previamente registrada (incluyendo aquel operado en su cadena de titularidad) dentro de los 45 días hábiles siguientes a su verificación.
En el caso en que las modificaciones refieran a no residentes, dicho plazo se eleva a 90 días hábiles.
Esta innovación de la Ley -al igual que los demás casos ya comentados desde este Newsletter- se inscribe en la línea de atenuar el rigor de aquellos plazos que resultaban sobremanera exiguos para sociedades con una compleja estructura accionaria.
Por Bruna Royol y Guillermo Duarte
Opinión
PASBBA
opinión
ver todosNORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law
Eskenazi Corp