Un hombre que circulaba en bicicleta en enero de 2002 se fracturó una pierna luego de caer a la acera por la presencia de aguas servidas en la calle. Por tal motivo, la Municipalidad de Córdoba deberá indemnizarlo con 58.861 pesos más intereses.
El Juzgado de 8° Nominación había condenado al municipio por la fractura de tibia y peroné del ciclista, decisión que fue confirmada casi en su totalidad por la Cámara 6° de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
Por su parte, el vocal Alberto Zarza consideró como probado que el accidente se debió "a la existencia de aguas servidas en la esquina de las calles Mendoza y Trafalgar", en el barrio de Alta Córdoba.
Asimismo, aclaró en su voto que el derrame constituyó “un riesgo para la circulación vehicular” y que "el inadecuado mantenimiento del estado de las calles" es imputable al municipio, que ejerce el "poder de policía".
Por tales motivos, el tribunal confirmó los montos indemnizatorios que la Municipalidad deberá abonarle al ciclista: 51.861 pesos en concepto de lucro cesante y otros 7000 pesos por daño moral, más intereses.
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