Para un Juez No es Delito que un Interno de una Unidad Penal Tenga Celular

Un detenido del penal de Batán fue sancionado por diez días luego de la requisa que se realizara en su celda de la unidad penal XV, en la cual se encontró un teléfono celular.

 

Ahora el juez penal de Necochea, Mario Juliano, decidió levantar la sanción de aislamiento sosteniendo que la posesión del aparato no figura como una “falta sancionable”.

 

"La posesión de un teléfono celular no se encuentra estrictamente tipificada en la normativa como configurativa de una falta sancionable", remarcó el juez, quien además sostuvo que "pretender que la posesión de un teléfono celular sirva como elemento de `perturbación del orden y la disciplina´ o que facilite la comisión de delitos o quebrante la seguridad del establecimiento no son conclusiones que puedan ser presumidas sino que requieren de pruebas que lo demuestren".

 

Al momento de su sanción, las autoridades penitenciarias manifestaron que la peligrosidad del teléfono celular radica en su utilización para brindar o recibir información “que haga vulnerable la seguridad del establecimiento, facilitando maniobras tendientes a evadirse de esa unidad". 

 

Cabe señalar que durante la pesquisa efectuada no pudo probarse que una sustancia encontrada en la celda del sancionado fuese marihuana o algún otro estupefaciente.

 

 

Opinión

Sobre la verificación de créditos y las obligaciones de hacer del deudor concursado para el derecho uruguayo
Por Virginia Machado Martinez
Olivera Abogados
detrás del traje
Walter Mañko
De DELOITTE LEGAL ARGENTINA
Nos apoyan