Proyecto de ley para despenalizar la investigación en seguridad de la información

La propuesta de proyecto de ley para despenalizar la investigación en Seguridad de la Información, realizada en el marco de la conferencia de seguridad internacional Ekoparty en su actividad Avoiding-Jail, propone reformar el artículo 153 bis del Código Penal de la Nación incorporando un tercer párrafo que prevea la exención de responsabilidad penal para quien haya obrado con el propósito inequívoco de proteger un interés público y para quien, obrando de buena fe y en el marco de una investigación de seguridad de la información, comunicase la vulnerabilidad encontrada al propietario del sistema informático.

 

Actualmente, el mencionado artículo del Código Penal Argentino establece sanciones para el que a sabiendas accede, por cualquier medio y sin la debida autorización o excediendo la que tiene, a un sistema o dato informático de acceso restringido. A su vez, establece agravantes cuando el acceso es en perjuicio de un sistema o dato informático de un organismo público estatal o de un proveedor de servicios públicos o de servicios financieros.

 

Según los fundamentos del proyecto, el objeto de la reforma es establecer un marco de protección para aquel que, como investigador de seguridad, descubre una falla y la reporta. Dicha comunicación o reporte podría ser acreditado a través del envío de una comunicación electrónica a los distintos canales de contacto que exhiba el propietario del sistema o los datos informáticos, así como a otras formas que pudieran revelar su intención de dar a conocer los problemas encontrados al responsable del sistema.

 

El documento se encuentra habilitado para poder realizar comentarios de forma pública y anónima.

 

 

Marval O'Farrell Mairal
Ver Perfil

Opinión

El nuevo art. 245 bis de la LCT y la reedición de viejos errores del pasado
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan