El 17 de agosto de 2023, fue publicada en el Diario Oficial la Ley N°21.595 sobre Delitos Económicos (la “Ley”).
La publicación de la Ley trae aparejada diversas innovaciones en el orden socioeconómico, destacándose dentro de sus materias:
- La sistematización de los delitos vinculados a la actividad empresarial bajo cuatro grandes categorías de delitos;
- La creación de nuevos delitos, como, por ejemplo, la incorporación de un nuevo título al Código Penal denominado “Atentados contra el medio ambiente”;
- El establecimiento de nuevas penas y sanciones, así como el fortalecimiento de las ya existentes; y
- El aumento exponencial de delitos base por los cuales las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables.
Las disposiciones de la referida Ley entraron en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial, sin embargo, es necesario recalcar que respecto de los siguientes tópicos la Ley establece una vigencia diferida:
- La imposición de responsabilidad penal por la comisión del delito de colusión por parte de las personas jurídicas se encuentra sujeta a una serie de penas, sanciones y medidas que el legislador debe dictar para su aplicabilidad;
- Las modificaciones de la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, sólo se entenderán vigentes desde el primer día del decimotercer mes posterior a su publicación, es decir, el 1 de septiembre de 2024; y
La incorporación de la sujeción a un supervisor, aplicable a las personas jurídicas, está sujeta a la vigencia diferida indicada anteriormente, como también a la dictación de un reglamento. Dicho reglamento deberá dictarse dentro del plazo de un año a contar de hoy.
Para acceder al texto completo de la Ley, le invitamos a acceder al siguiente link.
Por Guillermo Acuña, Rodrigo Aldoney, Pablo Albertz, Eduardo Alcaíno y Pablo Pavez
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