Uruguay
¿Qué hay detrás del auge de inversiones inmobiliarias de argentinos en Uruguay?
Por Carlos Falco
Ferrere Abogados

A partir de octubre y noviembre de 2021, se fueron flexibilizando las medidas y requisitos para el traslado de personas entre los dos países, y coincidentemente las operaciones inmobiliarias se triplicaron a partir de esas fechas.

 

Históricamente Uruguay fue un refugio para la inversión argentina. Algunos vaivenes históricos en la historia reciente de Argentina y la natural estabilidad uruguaya fueron transformando a Uruguay en un lugar en el que los argentinos sintieran la tranquilidad de que sus inversiones estarían a buen resguardo.

 

En la década pasada, ese flujo se enlenteció por múltiples factores, pero podemos señalar algunos hitos: el tratado de intercambio de información entre Uruguay y Argentina (2012-2013); la amnistía de capitales no declarado (blanqueo de capitales) en Argentina 2017; pero también desde Uruguay la ley 19.484 también de 2017 que con un nombre largo y ampuloso[1] incluía la obligación de informar a la Dirección General Impositiva respecto de cuentas bancarias y a su vez castigaba a aquellas sociedades con activos en Uruguay que pertenecieras a jurisdicciones de baja o nula tributación.

 

Estos y otros cambios que se fueron sucediendo, afectaron en alguna medida las tradicionales inversiones de argentinos en Uruguay. También es cierto que los inversiones van variando su humor y preferencias conforme los distintos cambios en los gobiernos, y tienden a sentirse más cómodos o a entender que tienen más garantías cuando sienten más empatía con el gobernante de turno, en una reacción que a veces es más emocional que sustentada en hechos.

 

Lo cierto es que Uruguay, tiene una tradición histórica de: seguridad jurídica, respeto a los contratos, Poder Judicial independiente, trato no discriminatorio a la inversión extranjera, posibilidad de realizar las transacciones en moneda extranjera y de realizar los pagos y cobros en cuentas radicadas en otro país, posibilidad de remitir al país que se elija y sin control de cambios los resultados de un negocio determinado. Estas características que tanto aprecian los extranjeros que van a hacer inversiones y negocios en Uruguay, se han mantenido a lo largo de muchos años.

 

Posiblemente la explicación al reciente auge de las inversiones extranjeras en Uruguay esté más en otros países que en el propio Uruguay. O dicho de otra forma, quizás la explicación a la reciente ola de inversiones inmobiliarias de extranjeros es justamente que no hay novedades y que ante los riesgos e impedimentos en otras jurisdicciones, lo predecible y certero se vuelve más atractivo.

 

Pero también es cierto que Uruguay ha hecho cambios normativos recientes, que buscan favorecer la inversión y radicación de extranjeros en Uruguay.

 

Adicionalmente, Uruguay tuvo un manejo ejemplar de la crisis sanitaria, con un nivel de vacunación entre los primeros del mundo, y sin haber detenido la economía ni forzado cuarentenas a la población. Todo esto lo puso en el foco de familias que empezaron a considerar a Uruguay como un buen lugar donde desarrollar su vida.

 

Residencia fiscal.

 

La residencia fiscal y la residencia migratoria son, en Uruguay, dos aspectos distintos. Se puede tener una y no la otra, y tener una no hace suponer ni facilita la obtención de la otra.

 

Muchas veces los extranjeros confunden estos conceptos y creen que por tener la “cédula de identidad” (documento de identidad) se vuelven residentes fiscales o de alguna forma les facilita hacerlo.

 

La residencia fiscal en Uruguay se configura cuando se verifica cualquiera de las siguientes causales: (i) permanecer en territorio nacional por más de 183 días durante el año civil; (ii) tener en Uruguay el centro de sus intereses vitales o (iii) tener en Uruguay la base principal de sus actividades o el núcleo de sus intereses económicos. A efectos de acreditar la residencia fiscal en Uruguay, es posible solicitar a la Autoridad Fiscal (DGI, por Dirección General Impositiva) la emisión de un “certificado de residencia fiscal”.

 

Hay dos formas de acreditar que el núcleo principal o base de actividades de una persona radica en el país: (a) por la obtención de rentas, o (b) por inversiones en inmuebles o empresas en Uruguay. En junio de 2020, Uruguay emitió una causal adicional a los mínimos de inversión requerida ya existentes, incluyendo a quienes con posterioridad a esa fecha tengan una inversión directa en bienes inmuebles superior a aproximadamente 400.000 dólares[2] y permanezcan 60 días en el país (o en el caso de inversiones con empresas un mínimo superior y la creación de nuevos puestos de trabajo).

 

Pero no todo es tan fácil. Obtener la residencia fiscal uruguaya, no implica perder la residencia fiscal anterior de pleno derecho. En cualquier caso, quien obtenga la residencia fiscal en Uruguay, deberá también tramitar en su país de residencia anterior, la forma de dejar de ser un residente fiscal, ya que de no hacerlo, puede generarle numerosos inconvenientes. Por todo esto la planificación debe hacerse en forma profesional y cuidadosa.

 

Vacación fiscal.

 

Recordemos que Uruguay es tradicionalmente un país que, impositivamente, mantiene el criterio de la fuente. Esto es, de principio Uruguay grava únicamente los activos localizados y las rentas obtenidas dentro del país. Con alguna excepción -siendo la más relevante la aplicación del Impuesto a la Renta sobre los rendimientos de capital (léase, intereses y dividendos) de fuente extranjera- Uruguay no es un país que grave y fiscalice las actividades que sus residentes realizan en otras jurisdicciones.

 

Como decíamos, la excepción al criterio de la fuente, lo constituyen los rendimientos de capital en el exterior. Esto puede ser determinante para quienes, teniendo inversiones en varios países, quieran residir fiscalmente en Uruguay. Pues bien, atento a ello, la ley 18.910 (2012) creó un régimen de tax holiday por el cual quienes obtengan la residencia fiscal en Uruguay pueden considerar como no gravadas por Impuesto a la Renta a las provenientes de colocaciones de capital en el exterior. El plazo (originalmente de 5 años) fue ampliado por la ley la ley 19.904 a 10 años (11 años en los hechos ya que se cuenta a partir del siguiente a aquel en que la persona haya configurado residencia fiscal en Uruguay) para aquellas personas que adquieran la calidad de residente fiscal a partir del ejercicio fiscal 2020.

 

Entonces, quienes a partir del 2020 se vuelven residentes fiscales uruguayos, y reciben dividendos producto de sus inversiones en otros países (Europa, USA, por ejemplo) tienen bien el tax holiday por 11 años, o pagar una tasa reducida de impuesto, sin plazo límite.

 

En resumen, Uruguay vive un auge de las inversiones inmobiliarias. Los argentinos fueron el 84% de los pedidos de residencias del país en 2021, marcando un récord total. De la mano de éstos y de inversores de otros países, muchas zonas de Maldonado y también de Montevideo, viven un auge de construcción que no se veía en años.

 

 

Citas

[1] Convergencia con los estándares internacionales en transparencia fiscal internacional, prevención y control del lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

[2] 3.500.000 Unidades indexadas es el monto exacto, siendo una unidad que varía por la inflación y el dólar.

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