Fallos
Lunes 01 de Septiembre de 2008
Rechazan Recurso contra Declaración de Inconstitucionalidad de Decretos de Necesidad y Urgencia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió no hacer lugar a un recurso presentado ante dicho tribunal, mediante el cual, se buscaba modificar la declaración de inconstitucionalidad de dos decretos de necesidad y urgencia que habían sido anteriormente dictados por la Cámara de Apelaciones del Trabajo.
El Máximo Tribunal desestimó por mayoría el recurso presentado, por considerar aplicable en el presente caso lo establecido en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
En dicho artículo, se establece que el Máximo Tribunal podrá rechazar un recurso extraordinario en aquellos casos en que considere la falta de existencia de un agravio federal suficiente, o cuando carecieran de trascendencia o resultasen insustanciales las cuestiones planteadas.
En los autos caratulados “Cagligiuri, Rosa Clara c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados”, los magistrados analizaron la restricción salarial impuesta por medio de dichos decretos por un período de trece meses. Tales salarios recibidos por partes de los agentes públicos, no habían sufrido las consecuencias de la devaluación ocurrida a partir del año 2002.
Los magistrados que componen la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, habían declarado la inconstitucionalidad de los decretos de necesidad y urgencia 430/00 y 461/00.
Como consecuencia de dicho pronunciamiento, fue interpuesto un recurso extraordinario federal por parte del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
El voto mayoritario por medio del cual se desestimó tal recurso estuvo compuesto por los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Petracchi, Zaffaroni y Argibay, mientras que el voto disidente fue presentad por el juez Maqueda.
En el voto disidente, el Dr. Juan Carlos Maqueda, consideró que debía hacerse lugar al recurso presentado, por considerar que dicha facultad reconocida al Poder Ejecutivo se ejerce en un marco constitucional con un control tanto político como jurisdiccional.
El magistrado, consideró que dicho planteo de inconstitucionalidad sobre el mencionado decreto, así como sobre la ley que lo ratificaba, se transformó en abstracto, debido a que posteriormente un nuevo decreto emitido por el Poder Ejecutivo, modificó las reducciones a los salarios que el mismo imponía, ordenando la devolución de aquellas sumas que habían sido descontadas durante el período en que el mismo tuvo vigencia.
A su vez, dicho letrado, expresó que resultaba aplicable en el presente caso lo dispuesto por la Corte en los autos caratulados “Müller, Miguel Ángel c/ Poder Ejecutivo Nacional-Contaduría General-Ejercito Argentino”, donde se había convalidado un decreto que había dispuesto una reducción salarial de los haberes de los empleados públicos.
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