Mediante Resolución Nº 688/2019 (la “Resolución”) de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”), publicada en el Boletín Oficial el 1º de noviembre de 2019, se estableció que a partir de dicha fecha y durante la vigencia del Decreto 601/2019 (el “Decreto 601”), los precios de nafta y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, que tengan como destino final el abastecimiento de combustibles por pico de surtidor en bocas de expendio (estaciones de servicio) podrán incrementarse en hasta 5% respecto de los precios vigentes al 20 de septiembre de 2019.
Asimismo se estableció que durante la vigencia del Decreto 601 las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de USD 51,77, equivalente a un 5% de incremento sobre el valor de referencia establecido en la resolución de la SGE Nº 557/2019, y un precio de referencia de BRENT de 59 dólares por barril (USD 59/bbl).
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