Uruguay: ¿Cuáles son los Objetivos del Plan Contra el Lavado de Activos Presentado por el Gobierno?

El gobierno de José Mujica presentó una estrategia integral diseñada con el FMI. Busca reforzar los controles que alcanzarán al comercio exterior, los campos y fondos informales de países vecinos.

 

El Gobierno de José Mujica dio a conocer la Estrategia Nacional que utilizará contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

Loa asesores del Fondo Monetario Internacional (FMI) estuvieron trabajando durante más de dos meses con autoridades administrativas, fiscales y jueces en torno a la nueva estructura de las Matrices de Riesgo. Conforme a las indicaciones del Fondo, las matrices priorizarán la atención sobre los indicadores de riesgo que fueron detectados como más usuales en la región y el país. Todo ello tendiente a reforzar los controles en diversos sectores de la economía.

De esta manera, la compraventa de inmuebles y campos, los depósitos bancarios a través de sociedades anónimas al portador y las empresas asentadas en la zona franca de ese país serán algunas de las áreas comprendidas y reguladas por el proyecto.
Ocurre que el Banco Central del Uruguay (BCU) recibe por año más de 200 reportes de "operaciones sospechosas" de lavado de activos.

 

En este sentido, al  lanzar la estrategia, el titular de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos de la Presidencia de Uruguay, Carlos Díaz sostuvo que:"Para buena parte de aquellos que estudian y trabajan estos temas, el lavado de activos no es otra que el producto de la actividad criminal. No vale la pena entrar en ámbitos académicos para entender esta cruda, obvia y compartible realidad".

 

Por otra parte, el denominado Plan de Acción de la Estrategia Nacional contra el Lavado deActivos y Financiamiento del Terrorismopresentado por el gobierno uruguayo se encuadra con las directivas propuestas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). Además, la misma fue elaborada en conjunto con técnicos del Fondo Monetario Internacional (FMI).

 

“La problemática de la informalidad constituye una de las principales dificultades del sistema económico uruguayo para aplicar debidamente los controles antilavado, particularmente cuando se trata de operaciones de clientes de países vecinos”, sostuvieron los encargados del organismo internacional.

 

El plan, que consta de 20 objetivos, tendrá una fuerte incidencia en aquellos argentinos que realicen operaciones económicas en el país vecino debido a que las áreas más explotadas por los inversores nacionales son algunas de las que se encuadran en la nueva estrategia.

 

Raúl Cervini, consultor de Guyer & Regules, de Montevideo, explicó a Abogados.com.ar en qué consiste y cuáles son los principales objetivos de este plan.

 

“El Plan de Acción contra el lavado de Activos por los próximos dos años presentado por el gobierno de Uruguay se concentra en la reestructura de las Matrices de Riesgo y sólo altera la normativa vigente al establecer un grupo de trabajo tendiente a incorporar a breve plazo el delito tributario como delito antecedente del lavado de activos y en la atinente a la supresión de las acciones al portador”, sostuvo.

 

Además agregó que este plan tiene otros objetivos sugeridos por el FMI, principalmente concentrarse en la elaboración de Matrices de Riesgo (parámetros objetivos en mérito a los cuales se ponderan los riesgos de cada producto; Uruguay usará unos sugeridos por el FMI) adecuadas a cada producto financiero para prevenir operaciones de lavado de activos.   

 

Respecto a en qué consistirán las medidas antilavado que se tomarán en las asociaciones públicas y privadas el abogado indicó que se seguirá aplicando la normativa vigente concentrando esfuerzos en el perfeccionamiento de sus Matrices de Riesgo. 

 

En materia penal se planea reforzar los mecanismos de investigación sobre patrimonios ilícitos, fortalecer los juzgados y fiscalías especializadas, establecer un programa de protección de testigos y víctimas y mejorar los procedimientos de cooperación judicial internacional. ¿Qué opinión tiene sobre el tema? 

 

Todas estás medidas ya han sido recogidas por la legislación vigente. En la actualidad se procura fortalecer aún más la UIAF del Banco Central para mejor control de las actividades de casinos, inmobiliarias, y operadores profesionales (no abogados en tanto actúen como tales).  

 

Al contestar sobre si los activos e intereses que los argentinos tienen en Uruguay pueden verse afectados  o si esta medida podría traer consecuencias, el consultor de Guyer & Regules dijo que de modo alguno se afectarán. Y agregó que en ciertos aspectos, un control más efectivo en instancias concomitantes y posteriores a la inversión redunda en mayor seguridad jurídica para los clientes de buena fe.

 

Al responder sobre qué repercusiones podrá tener el hecho de que pongan la lupa sobre el sectorfinanciero e inmobiliario, Cervini sostuvo que se está trabajando sobre el tema desde hace un par de años.

 

“El cambio de metodología, prevaleciendo el adecuado uso de las Matrices de Riesgo posibilitará un control más eficiente de la operativa inmobiliaria”, agregó el consultor. 

El Cepo al Dólar y la Doble Tributación: Cómo Afectan

 

Teniendo en cuenta la situación argentina sobre la política cambiaria, cepo al dólar, restricciones: ¿son más cautelosos los argentinos a la hora de invertir en Uruguay tras esta normativa y el acuerdo de doble tributación que ya está bastante avanzado? 

 

Respecto a las restricciones sobre política cambiaria en Argentina cepo al dólar, etc., en un primer momento se ven reflejadas en una contracción a la inversión de los ciudadanos argentinos pero esto es muy coyuntural.

A la larga el proceso puede revertirse, en tanto se perciba la seguridad jurídica general que ofrece la plaza uruguaya.

 

En lo referente al acuerdo de doble tributación con Argentina. Se trata de un texto con muchas falencias técnicas que probablemente dificulten su inmediata aprobación legislativa o generen la necesidad de ajustes técnicos y mayores garantías para ambas partes.

Desde el punto de vista penal, el Acuerdo no requiere doble incriminación y como tal sería una norma de asistencia en blanco, potencialmente cuestionable en su regularidad jurídica.

 

Evidentemente en los últimos años y por diferentes conductos (internos y externos) se ha pretendido menoscabar la estructura de nuestro clásico secreto bancario.

Pero esa realidad, no permite desconocer otra de singular e inevitable importancia, además su levantamiento requiere necesariamente la intervención del poder judicial con intervención del titular de la información, posibilidad de apelación, etc. 

 

a) el instituto del secreto bancario es una manifestación del derecho a la intimidad, en definitiva, se asienta en el principio de libertad constitucionalmente consagrado, por lo cual mediante el recurso al principio de coherencia sistémica, muchas de las innovaciones atemperan sus efectos o permiten una muy restringida interpretación. 

 

b) nos referimos a un instituto que ha sido reconocido durante años como estatuto de derecho-deber integrante del Orden Público Nacional e Internacional del país, ello también incide en la lectura cuidadosa de sus más recientes alteraciones.

 

 

 

 

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