Mediante la Ley 27.759 publicada el 14 de octubre del 2024 en el Boletín Oficial se modificó la Ley N° 26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos. Esta norma fue concebida para facilitar el esclarecimiento de delitos contra la integridad sexual, mediante la creación de un registro que almacenaba información genética obtenida durante investigaciones judiciales, así como de personas condenadas con sentencia firme por estos delitos.
Con la entrada en vigor de la Ley N° 27.759, se han introducido modificaciones significativas, a continuación, destacamos los dos cambios más importantes:
1. Ampliación del Objeto del Registro:
El objetivo del registro se ha ampliado. Ahora, no solo está enfocado en facilitar el esclarecimiento de hechos relacionados con delitos sexuales, sino que también se puede utilizar en la investigación de otros delitos y en la localización de personas desaparecidas o fallecidas.
2. Ampliación de Información Genética
La ley ahora también contempla el almacenamiento de perfiles genéticos de todo el personal que interviene en la escena del crimen, para evitar confusiones o contaminaciones en las pruebas.
La nueva ley también mantiene el carácter reservado de los datos almacenados en el Registro, estableciendo la aplicación del Convenio Internacional para la Protección de las Personas, denominado +108 y modifica el art. 157 bis del Código Penal, estableciendo sanciones agravadas cuando la violación de bases de datos afectare a un banco de datos genéticos, registros, exámenes o muestras de ADN.
Estas modificaciones buscan fortalecer la investigación de delitos y garantizar una mayor seguridad jurídica en el manejo de datos genéticos.
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