A través de la Resolución N° 664/24 (B.O. 02/08/24) el Ministerio de Economía derogó las Resoluciones Nros. 622/1995 y 850/1996, ambas del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, y 26/1996 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, que regulaban la importación y comercialización de textiles (art. 1°), sosteniendo que el objetivo de la medida consiste en completar el proceso de simplificación y ordenamiento normativo a fin de facilitar la operatoria de comercio exterior.
En efecto, las Resoluciones Nros. 622/1995 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y 26/1996 de la ex Secretaría de Comercio e Inversiones del citado ex Ministerio, adoptaban medidas reglamentarias a la importación de prendas, confecciones y calzados comprendidos en la Nomenclatura Común del MERCOSUR que se importaban para consumo.
Por su parte, la Resolución N° 850/1996 del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos establecía que los productos textiles, prendas y calzados de fabricación nacional o importados debían rotularse, a la vez que preveía mecanismos de control y verificación a tal fin.
La medida entró en vigencia el 03/08/24 (Art. 2°)
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Por Agustín Siboldi, Jorge Muratorio, Ana Belen Micciarelli y Grover J. Perez Chavez
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