A través de la Acordada 16/11, la Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó el nuevo Reglamento del Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Justicia Nacional, donde se estipula la organización administrativa, competencia y jurisdicción del cuerpo.
Al fijar la primacía en materia de competencia penal, en su artículo 2, el Reglamento establece que “el Cuerpo dará cumplimiento a los requerimientos periciales dispuestos por los magistrados judiciales nacionales y federales con competencia en materia penal, así como a aquellos del Ministerio Público Fiscal en los supuestos previstos por los artículo 196 y 196 bis del Código Procesal Penal de la Nación”, mientras que “excepcionalmente, los jueces de los restantes fueros podrán requerir su intervención cuando medien notorias razones de urgencia, pobreza o interés público debidamente acreditadas o cuando las circunstancias particulares del caso hicieran necesario su asesoramiento”.
El Reglamento que consta de 16 artículos fija la regla de que los trabajos deben realizarse en la sede del cuerpo y se determina su ámbito geográfico de actuación, a la vez que regula el modo de designación y atribuciones del Decano y Vicedecano, la organización de la mesa de entradas, las funciones y responsabilidades internas de los distintos integrantes del cuerpo.
Sobre la forma de actuación de los peritos, el Reglamento establece que “los peritos dictaminarán sobre las cuestiones sometidas a su estudio por el órgano requirente”, agregando que “participarán en las actuaciones que se les asignen hasta su conclusión. De mediar algún impedimento, se sorteará otro perito, quien será responsable a partir de ese momento de cumplimentar todos los pasos procesales pendientes”.
En tal sentido, agrega que “los peritos actuarán con independencia de criterio”, y “en su calidad de auxiliares de los órganos requirentes, deberán darles cuenta, bajo su responsabilidad indelegable, del desarrollo de cada misión encomendada”.
Con relación a la intervención de los peritos de parte y consultores técnicos, establece que “será admitida cuando su designación conste en las actuaciones remitidas al Cuerpo o se acredite su calidad procesal mediante escrito emitido por la sede judicial correspondiente”.
Cabe remarcar que en la misma acodada, el Máximo Tribunal aprobó el Reglamento de Concurso para ocupar cargos periciales en el Cuerpo de Peritos Contadores Oficiales de la Justicia Nacional.
Por otro lado, a través de la Resolución 2383/11, la Corte, aplicando lo reglamentado, designó como Decano del cuerpo al perito contador Héctor Chyrikins y como Vicedecano al perito contador Alejandro Del Acebo.
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