Cassagne Abogados obtiene una medida cautelar para suspender un Reglamento de la FIFA

Ante el pedido de un grupo de agentes de fútbol, la justicia argentina hizo lugar a una medida cautelar donde ordena a la FIFA y a la AFA que se abstengan de aplicar distintos artículos del polémico Reglamento sobre Agentes de Fútbol sancionado por el citado organismo internacional y que entrara en vigencia en el año 2023.

 

Este grupo de agentes argentinos, a través del estudio jurídico especialista en Derecho de la Regulación, Cassagne Abogados, denunció que el Reglamento de FIFA ataca de modo injustificado la continuidad del ejercicio la actividad de los representantes e, incluso, impide a los abogados ejercer actividades propias de su profesión, como la representación y asesoramiento de particulares en sus relaciones contractuales. 

 

En su presentación, los agentes sostuvieron que la FIFA mediante un mecanismo de cartelización que afecta la legislación argentina, especialmente la Constitución Nacional, y pretende impedir y condicionar arbitrariamente la actividad de los agentes del fútbol (de acompañamiento formativo y profesional a los jugadores) y, de ese modo, beneficiar a los clubes de fútbol, quienes son la parte más fuerte en la relación con los jugadores. 

 

En lo esencial, las limitaciones y prohibiciones que incorpora el nuevo Reglamento FIFA y que motivaron la demanda son la limitación a los plazos contractuales; a partir de ahora los contratos de representación estarán limitados a solo 2 años de duración; la prohibición -insólita- de la exclusividad en la representación, permitiendo que cualquiera que hubiera encomendado su representación pudiera sin penalidad alguna dejar de lado a su agente y contratar con otros agentes sin respetar lo acordado y entorpeciendo el ejercicio de la profesión; la prohibición de la representación de menores salvo en los últimos seis meses antes de estar en condiciones de firmar un contrato y únicamente respecto de aquellos representantes habilitados por la FIFA, lo cual coloca a los jugadores y su familias en una situación de absoluta desigualdad ante los clubes al desconocer los reglamentaciones y prácticas contractuales específicas; la obligación de pagar los honorarios de los agentes a través de una cámara compensadora de la FIFA; y la obligación de publicar información contractual constituida, en muchos casos, por secretos comerciales y datos personales. Asimismo, los agentes también cuestionan que se impida a los abogados el ejercicio de su profesión a través de la representación y asesoramiento de jugadores y clubes sin una autorización previa de la FIFA.

 

La sentencia dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires sostuvo que el Reglamento cuestionado “atentaría contra la libre competencia entre los agentes nacionales” y dispuso, respecto de los agentes que solicitaron la medida, la suspensión cautelar de todos los artículos impugnados por las agentes (arts. 4, 5, 6, 12, 13, 16 y 17 del Reglamento FIFA), asimismo ordenó a la AFA que se abstenga de su aplicación como normativa propia.

 

La justicia es contundente al sostener que la Constitución Nacional garantiza que todas las personas puedan trabajar y desarrollar un emprendimiento con total libertad, siempre y cuando la actividad sea lícita, lo que ocurre en este caso. 

 

Asimismo, en la flamante sentencia se indica que el Reglamento no se encontraría relacionado con la práctica del deporte, sino enfocado en la regulación de la actividad de los agentes, sin tener para ello la FIFA ningún tipo de delegación o autorización legislativa. 

 

De esta forma la justicia nacional evita que un reglamento dictado por un ente internacional privado, como es la FIFA, atente contra normas de orden público de la República Argentina, afecte las incumbencias profesionales propias de los abogados y limite el libre ejercicio de una profesión plenamente lícita e insustituible para la adecuada defensa de los derechos de los jugadores de fútbol. 

 

Los agentes que promovieron la demanda se encuentran agrupados en la Cámara Sudamericana de Agentes Deportivos. El equipo de Cassagne Abogados que intervino en el caso estuvo integrado por Ezequiel Cassagne, Carlos Laplacette, Fernando Acevedo, Juan Carlos Sanguinetti y Paloma Naranjo Sosa.

 

 

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