La causa se inició por el pedido de una pareja que se había sometido a un proceso de fertilización asistida y solicitó que se preserven los datos de la donante. El objetivo era que su hija pueda conocer su origen cuando alcance la mayoría de edad.
Los jueces de la Sala Quinta de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Guillermo Treacy y Jorge Alemany, hicieron lugar a la acción de amparo y dispusieron la preservación de la información sobre la donante.
Cabe señalar que la donación de óvulos en Argentina es anónima, por lo que los centros de fertilización asistida que llevan adelante los procesos no están obligados a guardar las historias de los donantes.
A través de la presentación de los padres en la justicia, se solicitó la “creación de un registro con toda la información que poseen los centros de fertilidad y bancos de gametas legalmente habilitados en el país sobre la identidad de los donantes".
El tercer magistrado de la Cámara, Pablo Gallegos Fedriani, propuso que el Poder Ejecutivo “cree un registro con la información que posean los centros de fertilidad y bancos de esperma del país legalmente habilitados respecto de los donantes de óvulos y esperma".
En una primera instancia, la jueza María José Sarmiento había desestimado el pedido de la pareja al sostener que no existe ley que regule el derecho a la identidad en este tipo de casos.
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