La compañía Boehringer Ingelheim S.A. sufrió una determinación de oficio sobre el Impuesto a las Ganancias ya que el ente fiscalizador le cuestionó el estudio de precios de transferencia practicado.
Según el organismo, la empresa utilizó pares comparables que no resultarían ser tales. Lo mismo ocurrió con el uso de índices y datos de los balances comerciales de las compañías.
Por su parte, el Tribunal Fiscal consideró que la aplicación de los precios de transferencia se basa en cotejar los costos y márgenes de utilidad establecidos en operaciones entre partes vinculadas con los que surgirían de transacciones no controladas.
Cabe considerar que ambos tipos de operaciones son llevadas a cabo por empresas que cuentan con características comparables y desarrolladas en condiciones similares.
De esta manera el Tribunal entendió que la carga de la prueba es compartida entre el fisco y la actora, los cuales no presentaron los elementos justificativos necesarios para avalar sus posturas.
No obstante, se consideró como razonable la impugnación de las empresas comparables que había sido realizado por el fisco. En este aspecto, al igual que en el de los índices, fue confirmado el ajuste.
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