Entran en Vigencia las Implementaciones para Realizar Donaciones a los Exentos del Pago de Ganancias

Rigen desde esta semana los cambios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en cuanto a los medios para efectuar donaciones a entidades exentas del pago de impuestos a las ganancias, y el uso de la nueva aplicación informática que deberán utilizar quienes deseen intervenir en las donaciones.

En la Resolución General 3166 del 18 de agosto, la AFIP expuso “que en virtud de inquietudes planteadas por representantes de distintos sectores económicos, y con el propósito de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, se estima conveniente ampliar las modalidades a través de las cuales podrán efectuarse las donaciones en dinero” a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

A fin de llevar a cabo la transformación, la AFIP presentó una nueva versión, la 2.0, del programa aplicativo denominado “Donaciones en  Dinero y en Especie - Donantes y Donatarios”, que puede ubicarse en su página web y servirá para la confección de la declaración jurada informativa de donaciones.

Asimismo, la resolución amplió los medios a través de los cuales pueden efectuarse las transacciones. Según el texto, deberán realizarse, a nombre de los donatarios, mediante: depósito bancario, giro o transferencia bancaria, débito en cuenta a través de cajero automático, débito directo en cuenta bancaria, o bien, débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.

 

 

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