La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York consideró que Argentina discriminó a los tenedores de bonos que se negaron a participar en una masiva reestructuración de deuda soberana en el 2005 y en el 2010.
De esta manera, el tribunal dictaminó que Argentina violó la provisión de “tratamiento igualitario” en los bonos ya que decidió pagarles primero a los tenedores que participaron en la reestructuración.
La determinación de la Corte estadounidense ratificó el fallo del juez de distrito Thomas Griesa, emitido en febrero, quien había aclarado que los tenedores que se habían negado a participar en los canjes merecen un trato igualitario.
En tal sentido, los fondos buitres afirmaron que"la Argentina es una nación con más de u$s46.000 millones en reservas de libre disposición. Tiene recursos de sobra para pagar esas obligaciones en mora, de la misma manera que ahora paga sus otras obligaciones. Simplemente se niega a hacerlo, a pesar de años de litigio y la entrada de varios juicios en su contra".
Desde Argentina se argumentó que "no es un trato de igualdad que a los tenedores de bonos en default se les pague el interés completo, sin descuento y el principal de la deuda en default, porque los otros tenedores de bonos que aceptaron la deuda con grandes descuentos a través de ofertas de canje, están recibiendo un pago único previsto en su pago de intereses reestructurados”.
El caso se había originado luego de la cesación de pagos que declaró el país sobre su deuda de 100.000 millones de dólares en el 2002. Más del 90 por ciento de los títulos públicos incumplidos fueron reestructurados.
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law