Noticias
Miércoles 11 de Octubre de 2023
Impuesto sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio - Ley no. 27.725
En resumen
El 6 de octubre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.725, impulsada por el oficialismo, mediante el cual se elimina, a partir del período fiscal 2024, la cuarta categoría del impuesto a las ganancias; para reemplazarla por un nuevo impuesto denominado "impuesto cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros" (en adelante el "Impuesto sobre los mayores ingresos").
En profundidad
Estos son los principales aspectos del Impuesto sobre los mayores ingresos:
- Resultarán alcanzados aquellos contribuyentes que perciban una remuneración mensual superior al equivalente a 15 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil ("SMVM").
- Sobre los mayores ingresos computado en forma anual, aplicará un mínimo no imponible anual equivalente a 180 SMVM, no pudiendo deducirse ningún otro concepto.
- Por sobre los mayores ingresos, luego de deducido el mínimo no imponible según punto anterior, aplicará una escala progresiva que oscilará entre 27% a 35%; y que se ajustará dos veces por año en los meses de enero y julio de cada período fiscal.
- Es importante señalar que, la eliminación de la cuarta categoría del impuesto a las ganancias, y el Impuesto sobre los mayores ingresos, resultarán aplicables desde el período fiscal 2024. Por lo que resta del período fiscal 2023, continuará aplicando el esquema actual, con las modificaciones introducidas por el Decreto 473/2023, aplicable para las remuneraciones y/o haberes que se devenguen a partir del 1º de octubre de 2023. En el siguiente link se puede acceder a nuestra publicación realizada al respecto: Modificaciones al impuesto a las ganancias para personas físicas y otros contribuyentes.
Por Martín Barreiro, Juan Pablo Menna, Matías Herrero y Juan Manuel Sánchez
Opinión
La lucha por el Derecho Ambiental
Por
Horacio J. Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales
Franco Abogados - Consultores Ambientales
opinión
ver todos
Por Rómulo Rojo Vivot
Berdaguer, Rojo Vivot, Silvero, Canziani & Uriburu
Berdaguer, Rojo Vivot, Silvero, Canziani & Uriburu
Por Maillén Obaid
Baravalle & Granados Abogados
Baravalle & Granados Abogados
Por Carolina Kelly
Cassagne Abogados
Cassagne Abogados
Por Lucas J. Battiston
PASBBA Abogados
PASBBA Abogados
detrás del traje
Franco Robiglio
De ROBIGLIO ABOGADOS
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS