El 31 de julio de 2025 mediante el Decreto 524/2025 el Gobierno nacional reglamentó una modificación a la Ley de Ciudadanía N° 346 introducida por el DNU 366/2025, estableciendo un nuevo procedimiento para que extranjeros accedan a la ciudadanía argentina mediante inversiones calificadas como "relevantes". Esta norma crea un circuito administrativo que prioriza la seguridad nacional y los intereses estratégicos, mientras busca atraer capitales extranjeros.
Este programa es el primero para un país sudamericano desde la iniciativa del Perú en 1990, creando un gran interés en el mercado de las ciudadanías por inversión (CIP). Según el medio especializado IMI Daily un CIP argentino con un precio de U$S 500.000.- (inversión estimada exigida para obtener la ciudadanía) podría generar alrededor de 2,000 solicitudes al año.
Base Legal y Contexto
El Decreto 524/2025 se funda en la reforma introducida por el DNU 366/2025, que incorporó el artículo 2° bis a la Ley de Ciudadanía N° 346. Dicho artículo permite que extranjeros puedan obtener la ciudadanía por naturalización "sin importar el tiempo de residencia" siempre que realicen una "inversión relevante" en el país. El decreto desarrolla el procedimiento administrativo para materializar este derecho, delegando en el Ministerio de Economía la definición de los criterios que calificarán a una inversión como "relevante".
Estructura Procedimental
1. Inicio del Trámite
El solicitante debe presentar su petición ante la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión (creada por el DNU 366/2025, en adelante “La Agencia”), organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Economía.
2. Evaluación de la Inversión
La Agencia verificará si la inversión cumple con los parámetros de "relevancia" definidos por el Ministerio de Economía.
- Al no existir montos o sectores especificados en el decreto, deberá dictarse reglamentación complementaria que emitirá el Ministerio de Economía.
3. Controles de Seguridad Integral
Si la inversión es calificada como relevante, se activa un procedimiento de evaluación de riesgos mediante informes solicitados a:
- Ministerio de Seguridad Nacional
- Unidad de Información Financiera (UIF)
- Registro Nacional de Reincidencia
- RENAPER
- Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE)
- Otros organismos públicos o privados que la Agencia considere pertinentes.
Implicancia jurídica: Cualquier informe negativo resultará en la recomendación de rechazo de la solicitud, siendo importante realizar un análisis previo de la capacidad del inversor para iniciar el trámite.
4. Dictamen de la Agencia y Resolución Final
La Agencia elaborará un informe circunstanciado con una recomendación de aprobación o rechazo, que elevará a la Dirección Nacional de Migraciones. Esta última tendrá 30 días hábiles para resolver mediante acto fundado.
- Recurso legal: Si la resolución es negativa, se podrán interponer recursos administrativos y judiciales que corresponden conforme ley de procedimiento administrativo, dado que el decreto exige fundamentación de la resolución denegatoria.
5. Rol de ARCA
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) deberá adaptar sus sistemas para asignar el CUIT a los nuevos ciudadanos, garantizando la integridad del proceso tributario.
Aspectos a considerar en el estado actual de la normativa relevante:
- Discrecionalidad regulatoria: La delegación al Ministerio de Economía para definir "inversión relevante" sin parámetros claros podría generar controversias sobre arbitrariedad.
- Seguridad jurídica: El uso de DNUs para modificar leyes migratorias ha sido cuestionado por sectores académicos y profesionales, lo que podría dar lugar a cuestionamientos formales en el futuro.
- Coordinación interna entre organismos: La multiplicidad de entidades intervinientes puede alargar los plazos procesales del trámite, requiriendo estrategias de seguimiento activo por parte de los solicitantes.
Conclusiones
El Decreto 524/2025 inaugura un camino acelerado hacia la ciudadanía para inversores, pero con un riguroso filtro de seguridad en coordinación con diversos organismos estatales. En tal sentido, resulta importante para los actores de la industria:
- Monitorear la regulación complementaria del Ministerio de Economía sobre tipos y montos de inversión.
- Realizar due diligence previa de clientes para anticipar objeciones en los controles de seguridad.
- Preparar recursos administrativos y judiciales ante posibles denegaciones fundadas en informes negativos.
- Desde el estado, dictar las normas para hacer efectivas las inversiones y articular esta vía con otros regímenes de promoción de inversiones, como el RIGI.
En definitiva, este nuevo instrumento consolida una tendencia global de ciudadanías o residencias por inversión, iniciativas que han resultado exitosas en diversos países (Portugal, Grecia, Malta, por ej.). Sin embargo, su éxito dependerá de la transparencia en su aplicación y de la seguridad jurídica que ofrezca a los inversores.
Opinión

