En breve
Mediante Resolución N° 145/2025, publicada en el Boletín Oficial el 4 de agosto de 2025 (“Resolución”), la Agencia de Acceso a la Información Pública (“AAIP”) creó el Programa de Fortalecimiento de Protección de Datos Personales en la Administración Pública Nacional (“Programa”), con la principal finalidad de incorporar mejores prácticas en materia de protección de datos personales en el ámbito del Estado.
En profundidad
En el marco del Plan Estratégico 2022-2026 de la AAIP (más información aquí), se plantearon cuatro objetivos estratégicos que guiarían el trabajo de la AAIP. El primer objetivo estratégico es promover y fortalecer el ejercicio de los derechos ciudadanos a la protección de datos personales y el acceso a la información pública, previéndose como un resultado esperado la formulación e implementación del Programa.
En consecuencia, la AAIP creó el Programa, el cual prevé los siguientes objetivos:
- Promover el cumplimiento de la normativa y fomentar mejores prácticas en la protección de datos personales en la Administración Pública Nacional (“APN”), asegurando la autodeterminación informativa, la seguridad jurídica y la transparencia en el tratamiento de datos.
- Instruir a los organismos públicos de la APN para que implementen mecanismos de protección efectivos y así garantizar el derecho a la protección de datos personales de la ciudadanía.
- Promover que los agentes públicos de la APN incorporen en su labor cotidiana buenas prácticas para el tratamiento de datos personales.
- Crear y consolidar en la APN una red de delegados de protección de datos personales con alto nivel de capacidades administrativas y técnicas en la materia.
- Promover la seguridad jurídica y construir un vínculo de confianza entre la ciudadanía y la APN.
- Facilitar el ejercicio de los derechos ciudadanos a la protección de datos personales.
Finalmente, la Resolución deroga la Disposición N° 7/2008 que aprobaba la "Guía de Buenas Prácticas en Políticas de Privacidad para las Bases de Datos del Ámbito Público" y el texto modelo de "Convenio de Confidencialidad".
Por Guillermo Cervio, Martín Roth y Catalina Beñatena
Opinión
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