El Máximo Tribunal determinó, mediante tres acordadas, la inaplicabilidad del paquete de normas que conformaban la reforma judicial, las cuales fueron votadas por el Congreso de la Nación.
La ley 26.856 había dispuesto la publicación a través de un diario judicial gratuito de todos los fallos judiciales. La Corte Suprema consideró que los objetivos centrales de la norma “se encuentran ya cumplidos”.
En tal sentido, los magistrados recordaron e invocaron la acordada 14/2013, la cual establecía la obligación de publicación de sentencias mediante el Sistema Informático de Gestión.
Con respecto a la ley 26.857, que sancionó el carácter público de las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios públicos, el Máximo Tribunal declaró la inaplicabilidad del artículo 6, el cual deposita en la Oficina Anticorrupción la aplicación de la normativa.
Por último, la ley referida a los concursos públicos para el ingreso a cargos letrados y de empleados de maestranza, se aclaró que el régimen legal "no resulta aplicable en el ámbito de esta Corte".
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