La Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la sanción contra el multimedio, que había sido impuesta por la Dirección Nacional de Comercio Interior por no respetar frases de carácter obligatorio en ciertos avisos promocionales.
El diario Clarín difundió el 10 de junio del 2010 que sortearía un televisor por día, hasta el final del mundial de fútbol realizado en Sudáfrica, entre aquellos que publicaran avisos en el matutino. Las entregas de los televisores serían en las agencias receptoras que el multimedio tiene por todo el país.
En la promoción comercial, Clarín no consignó las frases “sin obligación de compra” y “consulte en los locales de venta”. Tampoco difundió el alcance geográfico y por ello la Dirección Nacional de Comercio sancionó al grupo con una multa de 500.000 pesos.
Por su parte, el fallo de la Corte indicó que “el derecho del consumidor es un sistema global de normas, principios, instituciones e instrumentos de implementación que tienen la finalidad de garantizar una posición de equilibrio en sus relaciones de aquel con los empresarios (…)”.
El fallo que declaró inadmisible el recurso de queja interpuesto por el grupo empresario fue suscrito por los magistrados Elena Higton de Nolasco, Carlos Fayt y Carlos Maqueda.
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