Gate Gourmet S.R.L y el Sindicato de Choferes de Camiones habían suscrito un acuerdo que reconocía que los trabajadores del área de transporte de la compañía estaban representados por la mencionada agrupación.
Ante la afirmación de que los trabajadores se encontraban regidos por el convenio colectivo de los camioneros, el Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de la Provincia de Buenos Aires promovió una acción de amparo que cuestionaba la validez del acuerdo.
En su justificación, el sindicato de la alimentación manifestó que por más de treinta años había ejercido de forma pacífica la representación de todo el personal de la empresa y que el convenio se regía bajo la presión de medidas de fuerza.
La causa llegó a la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que revocó el fallo de primera instancia, rechazando la demanda. Más tarde, el sindicato de la alimentación interpuso un recurso extraordinario.
Por su parte, la Corte Suprema de Justicia revocó el fallo al admitir el planteo del sindicato de la alimentación luego de comprobar que la sentencia había sido dictada antes de que las partes fueran notificadas de la resolución que hacía saber qué jueces integrarían la sala.
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