La decisión fue llevada a cabo por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal número 6, Enrique Lavié Pico, a partir del pedido del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.
De esta manera, se suspendió la creación de las Cámaras en lo Contencioso Administrativo Federal, del Trabajo y la Seguridad Social y en lo Civil y Comercial, las cuales buscaban descomprimir el trabajo del Máximo Tribunal.
En su justificación, el magistrado señaló, a partir de un “examen provisorio”, que la norma “vulneraría las condiciones de razonabilidad exigidas por la Constitución Nacional (art. 28) para su aplicación”.
Asimismo, el juez explicó que suspendió la creación de las nuevas Cámaras “hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa, según el alcance de lo dispuesto en el considerando”.
Cabe recordar que Lavié Pico también había declarado la inconstitucionalidad de un artículo que permitía la selección de jueces a través de procedimientos abreviados o subrogancias.
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