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Lunes 12 de Mayo de 2008
Modificación de la Ley de Defensa del Consumidor Prohíbe Cobrar Tarifas Diferenciadas a Turistas Extranjeros
La reforma de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que entró en vigencia a través de la ley 26.361, prohíbe a los hoteles, operadores de turismo, agencias y parques nacionales cobrar una tarifa diferenciada a los turistas nacionales y a los extranjeros.
Según la modificación introducida a la normativa legal, todos aquellos que sean proveedores de servicios turísticos, no podrán realizar sobre los turistas extranjeros ningún tipo de diferenciación, ya sea sobre precios, calidades o cualquier otra calidad relevante del producto que se vende.
En las modificaciones introducidas en la normativa también se incluyen a las compañías aéreas. Sin embargo, resulta importante señalar que las líneas aéreas consiguieron que la normativa no tuviera mayor aplicación sobre otros códigos o tratados, mediante un veto del Ejecutivo al artículo 63.
Mediante esto, las compañías lograron que lo contemplado en la ley de Defensa del Consumidor no se aplique sobre la pérdida de equipaje o sobreventa de pasajes.
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