Nueva Medida de la IGJ Ante el Incumplimiento de las Sociedades de Ahorro

Como consecuencia de incumplimientos en las normativas vigentes por parte de las sociedades de ahorro y las fundaciones, la Inspección General de Justicia (IGJ) dictó la Resolución General número 10/12.

 

La nueva reglamentación informa que el Organismo presidido por Norberto Carlos Berner no inscribirá ni concluirá ningún trámite presentado por las entidades mencionadas si no cumplen con las obligaciones demandadas.

 

La decisión de la IGJ, la cual impondrá sanciones a las sociedades en falta, se debe al bajo grado de cumplimiento de la Resolución General número 1/12 y la Resolución General número 4/12.

 

Cabe señalar que la primera normativa dispuso que las sociedades de captación de ahorro público con promesa de contraprestaciones futuras tienen la obligación de presentar anualmente una declaración jurada de información sobre el cumplimiento de las normas tendientes a prevenir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

 

Por otra parte, la Resolución 4/12 establece la exigencia de presentar una declaración jurada sobre la licitud y origen de fondos que reciban las fundaciones que en uno o varios actos superen los 50.000 pesos anuales.

 

A partir del incumplimiento por parte de las entidades, la IGJ tomó la decisión de implementar la nueva reglamentación, la cual regirá desde el primero de septiembre del presente año.

 

 

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