El año pasado Uruguay dio a conocer --en el marco de su programa de transparencia fiscal-- la lista de jurisdicciones consideradas de nula o baja tributación (las “Jurisdicciones BONT”), en términos tales que las sociedades organizadas en esas jurisdicciones, son objeto de un régimen tributario más severo.
Oportunamente Uruguay incluyó a Panamá en su lista de Jurisdicciones BONT. Y es en respuesta a esa inclusión que ahora Panamá proyecta adoptar medidas de represalia contra Uruguay.
El pasado 9 de marzo el gobierno panameño publicó --en su Gaceta Oficial-- una lista de aquellos países que --en opinión de dicho gobierno-- aplican medidas discriminatorias en perjuicio de los intereses de Panamá (la “Lista”).
Conforme la legislación de Panamá, la inclusión en dicha Lista autoriza al gobierno panameño a aplicar “medidas de retorsión” (léase, medidas dirigidas a generar un perjuicio similar) contra los intereses de los países incluidos en la Lista, a saber:
(1) Aumento de impuestos sobre dividendos, intereses, regalías, honorarios y otras rentas pagadas por entidades panameñas a compañías uruguayas.
(2) Aumento de aranceles sobre la importación de productos uruguayos.
(3) Trabas migratorias y laborales para personas con nacionalidad uruguaya.
(4) Impedimento --para las empresas uruguayas-- de contratar con el Estado panameño.
Además de Uruguay, han sido incluidos en la Lista otros 19 países, entre ellos: Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Venezuela, Francia, Grecia, Polonia, Portugal, y Rusia.
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