Personas Privadas de la Libertad: Fallo Acerca del Derecho a la Educación

El habeas corpus correctivo y colectivo sostenido por la Defensoría General de la Nación y la Procuración Penitenciaria fue resuelto favorablemente por la Sala II de la Cámara Federal de Casación.

 

En el mismo, se planteaba el derecho de las personas privadas de la libertad a permanecer en un establecimiento donde estudien regularmente. Además, se exponía el agravamiento de las condiciones de detención que se producen cuando los internos son trasladados de diferentes unidades para cursar en el Centro Universitario de Devoto (C.U.D).

 

Así, con el voto conjunto de los jueces Ángela Ledesma y Alejandro Slokar, se resolvió anular la decisión recurrida, devolver los actuados a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional para que, desinsacule al juez que por turno corresponda con el objetivo de tramitar la continuidad del presente habeas corpus.

 

En tal sentido, se intenta garantizar el cumplimiento de una serie de medidas como por ejemplo que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación integre y ponga en funcionamiento la Junta de Evaluación Permanente.

 

También, se busca cumplir con el plazo para que se efectivice el traslado de los internos alojados en otras unidades que asisten al Centro Universitario, garantizar que se efectúen en tiempo y forma los traslados, que la Universidad de Buenos aires, a través del programa UBA XXII, informe acerca de la posibilidad de crear nuevos centros equivalentes al C.U.D en otras unidades y, por último, se requirió al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que confeccione un listado de las universidades públicas que presten servicios de enseñanza en las restantes unidades.

 

 

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