La ley 26.743 fue aprobada en mayo del año pasado, y con el impulso del Gobierno Nacional fue sancionada y promulgada. De esta manera se estableció un mecanismo que no patologiza la condición de travestis, transexuales y transgéneros. Además, reconoce el derecho de esas personas a ser inscritas en el Registro Civil con su nombre y género autopercibido.
Para las personas menores de edad, la ley dispone –en su artículo quinto- que el trámite debe ser realizado a través de sus representantes (padre, madre o tutor) y con “expresa conformidad del menor”.
Este punto le reconoce la capacidad de decisión al niño. Además, desde la norma se aclara que hay que tener en cuenta “los principios de capacidad progresiva e interés superior del niño/a”.
Por estos motivos, Lulú, una niña trans que buscaba el reconocimiento de su identidad autopercibida, podrá rectificar su documentación y el registro de identidad. Esto fue confirmado por el jefe de Gabinete de la provincia de Buenos Aires, Alberto Pérez.
La historia comenzó hace unos años. Lulú y su hermano son mellizos. Ella nació con genitales masculinos, y hasta que aprendió a hablar, tenía nombre de varón. Luego, se asumió nena. A partir de ese momento, la madre comenzó el camino judicial para que se le reconociera su identidad autopercibida.
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