Aquellas personas que no pudieron emitir su voto en las elecciones parlamentarias del domingo deberán justificar en un plazo de 60 días corridos los motivos por los cuales no cumplieron con su deber cívico.
La Cámara Electoral Nacional sostuvo que la medida alcanza a las personas que se encuentran obligadas por ley a emitir el sufragio. En tal sentido, deberán “concurrir a la Secretaría Electoral correspondiente al distrito de su domicilio a justificar su abstención, con la documentación que acredite el motivo de la falta”.
Cabe recordar que hace poco se creó el “Registro de infractores al deber de votar”, nómina que recopila los datos de aquellas personas mayores de 18 años y menores de 70 que no emitieron su voto ni justificaron su accionar.
En la página Web de la Cámara Nacional Electoral www.electoral.gob.ar se puede consultar el Registro en relación con las PASO. Aquellos que figuren como infractores “podrán regularizar su situación mediante el pago de la multa. Para ello, en la página de Internet podrán generar e imprimir la correspondiente boleta de pago”.
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