Se actualizó la regulación para las sociedades de capitalización y ahorro mediante la Resolución UIF N° 169/2023

En resumen
   
El 31 de agosto de 2023 la Unidad de Información Financiera dictó la Resolución UIF N° 169/2023 mediante la cual se establecen nuevos lineamientos para la gestión de los riesgos de lavado de activos y financiamiento de terrorismo y de cumplimiento mínimo para los sujetos obligados del sector (sociedades que realizan operaciones de capitalización y ahorro), a fin de gestionar procedimientos de control del riesgo generado por posibles acciones de lavado de activos y financiamiento del terrorismo por parte de terceros. Entra en vigencia el 1° de noviembre de 2023.

 

En profundidad

 

El 31 de agosto de 2023 la Unidad de Información Financiera ("UIF") dictó la Resolución UIF N° 169/2023 ("Resolución"), que regula los nuevos mecanismos que deberán implementar las sociedades de capitalización, de ahorro, de ahorro y préstamo, de economía, de constitución de capitales u otra determinación similar o equivalente, que requieran bajo cualquier forma dinero o valores al público con la promesa de adjudicación o entrega de bienes, prestaciones de servicios o beneficios futuros ("Sujetos Obligados") a fin de evitar o prevenir operaciones de lavado de activos y financiamiento del terrorismo ("LA/FT"), con un Enfoque Basado en Riesgo ("EBR"), de acuerdo a las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). 

La Resolución establece los parámetros que los Sujetos Obligados deberán tener cuenta al adoptar y aplicar políticas, procedimientos y controles para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar eficazmente los riesgos de LA/FT a los que se encuentren expuestos. La Resolución adopta el EBR conforme las recomendaciones y estándares internacionales del GAFI, que han motivado la actualización de otras normativas en la materia.

En efecto, la Resolución encomienda a los Sujetos Obligados la revisión de las Evaluaciones Nacionales de Riesgos de LA/FT y los documentos emitidos por las autoridades del sector, y –por cierto– en función de los riesgos propios del Sujeto Obligado en cuestión. 

Además, la Resolución incorpora señales de alerta orientativas para los Sujetos Obligados, a fin de que estos puedan llevar adelante los análisis debidos y determinar de manera más eficiente si corresponde efectuar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS).

La Resolución comenzará a regir a partir del 1° de noviembre de 2023, fecha en que la Resolución UIF N° 50/13 quedará derogada.

 

Por Gabriel Gomez-Giglio, Jeronimo Argonz y Nicolas Servente

 

 

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