La compañía de distribución de energía eléctrica deberá garantizar el servicio a un domicilio en el que vive un bebé de 11 meses que tiene que recibir asistencia respiratoria mecánica.
De esta manera lo decidió el juez Dante Rusconi, titular del Juzgado de Faltas número 2 de Defensa del Consumidor de La Plata, luego del reclamo de los padres del bebé ante la Oficina de Defensa al Consumidor de la Municipalidad por los sucesivos cortes de luz.
La justicia determinó que si en un plazo de 48 horas EDELAP no cumple la medida preventiva, el gobierno de la provincia de Buenos Aires estará obligado a proveer un generador al domicilio de la familia.
“El grave cuadro de salud del que da cuenta la documentación presentada en el expediente, son hechos en sí mismos justificativos de la adopción de medidas urgentes y excepcionales medidas”, manifestó el magistrado.
Asimismo, sostuvo que “la empresa ya había reconocido que ese domicilio tenía calidad de electrodependiente”. Si la compañía incumpliera la decisión judicial, el Ejecutivo provincial cuenta con 48 horas para dar una solución a la familia.
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law