Apuntes sobre las Guías para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental y sobre Participación Pública en la Evaluación Ambiental

El día 30 de noviembre de 2023 se dieron a conocer la “Guía para la elaboración de Estudios de Impacto Ambiental” (la “Guía EsIA”) y la “Guía sobre Participación Pública en la Evaluación Ambiental” (la “Guía PP”), ambas aprobadas mediante la Resolución Nº 23/2023 (la “Resolución”) de la Secretaría de Cambio Climático, Desarrollo Sostenible e Innovación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

La Resolución tiene como fin garantizar la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales, y el acceso a la justicia en asuntos ambientales.

La Resolución se funda en la Ley Nº 27.566 que aprueba el Acuerdo de Escazú y la Ley Nº 25.675 General del Ambiente, que identifica la Evaluación de Impacto Ambiental (la “EIA”) como uno de los instrumentos claves de la política y gestión ambiental.

A continuación, se detallan los puntos más relevantes.

 

I. Guías para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental

 

a. Guías para la Elaboración de Estudios de Impacto Ambiental

La Guía EsIA busca contribuir al cumplimiento de la Ley Nº 27.520 de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global y del Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático a 2030 a través de criterios generales que consideren el cambio climático y de lineamientos conceptuales y metodológicos generales para la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental (“EsIA”).

La Guía EsIA tiene como destinatarios a los profesionales responsables de la elaboración del EsIA y a los organismos con incumbencia en la revisión técnica y licenciamiento ambiental de proyectos.

b. Organización de los capítulos del EsIA

La Guía EsIA sugiere organizar el EsIA en los siguientes capítulos: 

 

  • Resumen ejecutivo;
  • Presentación - Marco normativo e institucional;
  • Descripción de proyecto – Alternativas;
  • Área de estudio y área de influencia;
  • Línea de base;
  • Evaluación: identificación y análisis de impactos; y
  • Medidas de mitigación - Plan de gestión ambiental (PGA).

c. Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental

La Guía EsIA propone la integración de la variable del cambio climático en las distintas fases del EsIA, avanzando e incorporando información de manera iterativa a lo largo del proceso de EIA. Se sugiere la inclusión de la variable de cambio climático en la EIA mediante dos enfoques:

 

  • Adaptación: evalúa cómo el cambio climático puede influir en el proyecto, considerando los posibles escenarios y riesgos climáticos que podrían afectar al ciclo de vida previsto; y
  • Mitigación: considera cómo el proyecto puede influir en la emisión de gases de efecto invernadero (“GEI"), considerando para ello las acciones por parte del proponente destinadas a evitar o reducir las emisiones de GEI o incluso ampliar su absorción a través de depósitos o sumideros.

II. Guía sobre Participación Pública en la EIA

 

a. Alcance y destinatarios

La Guía PP busca ampliar y diversificar los mecanismos de participación pública en asuntos ambientales.

Se trata de una guía de alcance general, por lo que las pautas prácticas sugeridas deben adaptarse a cada política, plan, programa o proyecto a evaluar, de acuerdo a su escala, marco normativo aplicable, contexto y complejidad social, económica y cultural.

Sus principales destinatarios son los proponentes, los organismos promotores, los profesionales responsables de la elaboración de EsIA y otras oficinas de la Administración Pública que intervienen.

b. Niveles y alcances de la participación pública

La participación pública tiene diversos alcances según el tipo de involucramiento que promueva la autoridad evaluadora o la persona proponente. Así, se pueden identificar por lo menos cuatro niveles de participación (información, consulta, diálogo y toma de decisiones) que pueden tener lugar en diversos momentos del ciclo del proyecto, según sea su dimensión y la estrategia definida para el involucramiento de actores clave.

Es importante recordar que el artículo 7 del Acuerdo de Escazú insta a las autoridades a asegurar el derecho a la participación, no solamente al momento de otorgar la autorización original a un proyecto o actividad, de aprobar un plan, una política o un programa, o de tomar alguna decisión respecto de otros asuntos de interés público, sino también en el caso de que posteriormente se hagan revisiones, reexaminaciones, cambios de significancia o actualizaciones relevantes vinculadas al permiso, aprobación o decisión.

c. La participación pública en la EIA

En la EIA, la participación pública se concreta en el proceso de comunicación y diálogo entre los actores clave en donde se promueve la generación y el acceso a la información y el conocimiento de sus preocupaciones, intereses, opiniones y propuestas. Esta tiene el propósito de mejorar la calidad de las decisiones de las autoridades y de las acciones de la persona proponente y, de ese modo, contribuir a la mejora del proyecto, su diseño, operación y gestión ambiental adaptativa.

La participación pública pretende establecer un diálogo entre los denominados “actores clave”, a fin de que las autoridades maximicen la calidad de sus decisiones. Se consideran actores clave a aquellos individuos, grupos o instituciones que son afectados o afectan el desarrollo de determinadas actividades y que tienen información, recursos, experiencia o la capacidad de influenciar la acción. 

Para ello, la Guía PP propone la técnica cualitativa de “mapeo de actores”, que permite identificarlos, comprender sus intereses y cómo cada uno puede afectar la viabilidad del proyecto.

d. Mecanismos de consulta pública y técnicas para fortalecer la participación

Los mecanismos de consulta son diversos. Pueden tomar el formato de talleres multisectoriales, consultas virtuales, eventos de cocreación, mesas de diálogo, audiencias de mediación o negociación, visitas directas (puerta a puerta) a comunidades, mesas de gestión participativa, comités de monitoreo y seguimiento, entre otros. Específicamente, la Guía PP describe cuatro mecanismos: las mesas de diálogo, las consultas públicas, la mediación o negociación asistida y los comités de monitoreo ambiental.

e. Documento de divulgación para EIA

Para optimizar el acceso a la información ambiental y la participación en la toma de decisiones en forma efectiva, la Guía PP propone la presentación de un documento de divulgación que facilite la comprensión de los EsIA para el público en general no especializado. Se conforma de una síntesis que explica, de forma concisa, la siguiente información: 

 

  • Objetivos y justificación del proyecto;
  • Persona proponente del proyecto (pública o privada);
  • Principales actividades previstas y cronograma de ejecución de la obra o actividad;
  • Localización y descripción de áreas de influencia establecidas, incluyendo cartografía;
  • Potenciales impactos ambientales y sociales identificados;
  • Plan de gestión ambiental, que contiene las medidas de mitigación asociadas para evitar, reducir, restaurar o compensar tales impactos y aspectos sobresalientes de su seguimiento;
  • Mecanismo de participación propuesto, acciones previstas y medios de contacto que permitan gestionar consultas, quejas y reclamos; y
  • Conclusiones.

 

Tavarone, Rovelli, Salim & Miani - Abogados
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