Proponen que el Robo de Datos por Internet Se Prevea en el Código Penal de la Nación

En el Senado Nacional, fue presentado un proyecto de ley que propone que la sustracción de datos personales a través de Internet constituya un delito autónomo dentro del Código Penal, contemplando sanciones que podrían llegar hasta los dos años de prisión.

El proyecto de ley fue presentado por los senadores pampeanos María Higonet y Carlos Verna, quienes procuran regular en el plano nacional un delito que ya se encuentra legislado internacionalmente.

La iniciativa contempla modificar el artículo 157 bis del Código Penal en lo vinculado a la sustracción de datos personales, con el fin de que se reprima la conducta de quien engañe, por cualquier medio, a otro para obtener indebidamente datos personales, financieros o confidenciales.

Específicamente, el comportamiento que los senadores pretenden encuadrar es la utilización del método conocido como phishing, que consiste en engañar al usuario de Internet para que crea que opera dentro de un sitio seguro de su entidad financiera y, así, revele una serie de contraseñas, números de tarjetas de crédito, o cualquier tipo de información bancaria que luego serán utilizadas para defraudar.

De esta manera, se sugirió la sanción por medio de multas que van desde $10.000 hasta $100.000 , o bien, penas que irían de un mes hasta dos años de prisión a quien “mediante cualquier forma de ardid o engaño, indebidamente obtuviere o captare datos personales, financieros o confidenciales”, según la redacción propuesta por el proyecto.

Asimismo, uno de los propulsores de la iniciativa, el senador Higonet, consideró que “es necesaria la tipificación de esta conducta por ser la raíz y el acto preparatorio de otro tipo de delitos vinculados al fraude electrónico, como la transferencia de activos de cuentas bancarias, acceso indebido a casilla de correos electrónicos y diversos delitos relativos al robo de identidad”.

 

 

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