Ciudadanía argentina ante la DNM: una reforma que ordena el mapa, si la transición está a la altura
Por Fernando Ardanza (*)

La ciudadanía sale de los tribunales y entra a Migraciones: trámite digital, decisión administrativa y DNI coordinado. Ordena el sistema; resta afinar la vía por inversión.

 

El corrimiento de la ciudadanía por naturalización desde los tribunales federales hacia la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) no es un simple cambio de mostrador: desplaza un trámite históricamente judicial a una arquitectura administrativa que ya gobierna residencias, controles y verificación de antecedentes. Desde el anuncio oficial de principios de octubre y la puesta en línea a partir del día 6, el mensaje es claro: centralizar la información, estandarizar decisiones y digitalizar el flujo completo, desde la manifestación de voluntad hasta la coordinación con RENAPER para la documentación del nuevo ciudadano. En un ecosistema acostumbrado a la dispersión de criterios y a expedientes en papel, el paso no sólo es simbólico; es sistémico.

 

El núcleo normativo mantiene la naturalización por residencia legal y continua —el estándar de arraigo que históricamente dio sentido a la ciudadanía argentina—, pero reubica la competencia decisoria: la carta deja de ser otorgada por un juez federal y pasa a ser un acto administrativo de la DNM. Esta administrativización no elimina el control judicial; lo recoloca. El expediente nace en Migraciones, se instruye con herramientas propias del derecho público (motivación reforzada, trazabilidad electrónica, publicidad activa de actos), y luego queda abierto al escrutinio contencioso si hiciera falta. El resultado esperado es un patrón más homogéneo: un mismo organismo que ve la película completa —ingresos y egresos, estatus de residencia, sanciones migratorias— decide, argumenta y documenta.

 

El componente tecnológico no es decorativo. La puerta de entrada digital —en el entorno del sistema de Migraciones, RaDEX— anuda en un solo hilo la identidad del solicitante, su legajo de permanencia y los hitos del trámite. En términos de política pública, esa trazabilidad resuelve un viejo talón de Aquiles: la distancia entre lo que el Estado ya sabe del extranjero (porque lo administró al otorgarle residencias) y lo que volvía a pedirle cuando solicitaba la ciudadanía ante un juez. La digitalización no garantiza por sí sola eficiencia ni calidad decisoria, pero obliga a un estándar superior de documentación y deja un rastro verificable que mejora la rendición de cuentas.

 

La novedad más sensible para el mercado —y la que demandará reglamentación fina— es la incorporación de un canal por inversión. Allí aparece una pieza técnica adicional: una agencia en la órbita económica que evalúa la “relevancia” de la inversión y eleva un informe sobre el que Migraciones debe pronunciarse con acto fundado en un plazo cierto. Bien instrumentado, este puente puede ordenar expectativas de empresas e inversores —no sólo por el reloj de 30 días hábiles luego del informe, sino por la previsibilidad que introduce en un país urgido por capital y empleo—. Mal diseñado, se volverá un atajo opaco, vulnerable a litigios y a estándares internacionales de integridad que hoy nadie puede desoír.

 

La transición no estará exenta de fricciones. Los expedientes judiciales ya iniciados probablemente continúen su cauce en sede judicial, bajo el principio de conservación de los actos y la confianza legítima del administrado. El desafío será evitar “zonas grises” entre lo viejo y lo nuevo: oficios, interoperabilidad de legajos, comunicaciones con RENAPER, y un lenguaje común que permita leer, sin ruidos, información producida bajo metodologías distintas. Es preferible una directriz explícita que ordene esos tránsitos a confiar en soluciones casuísticas que fragmenten el panorama y multipliquen conflictos.

 

También habrá que cuidar la conversación pública. Todavía abundan guías y notas que explican la ciudadanía ante juez federal como si nada hubiera pasado. Ese ruido informativo daña expectativas y complejiza la gestión. Si la administración pretende que la reforma gane legitimidad, deberá sostenerla con transparencia: criterios publicados, estadísticas regulares, tiempos efectivos por vía, fundamentos-tipo accesibles y canales de reclamo que funcionen. La ciudadanía es, además de un estatus jurídico, un acto de confianza en la institucionalidad; la pedagogía oficial importa.

 

¿Dónde se juega, en definitiva, el éxito del modelo? En tres planos que se retroalimentan. Primero, en la calidad de la motivación: decisiones que expliquen por qué se otorga o deniega, cómo se valora el arraigo y de qué modo inciden eventuales antecedentes o inconsistencias. Segundo, en la coherencia interagencial: Migraciones no trabaja en el vacío; RENAPER, Justicia, y la propia agencia económica deben operar como un sistema, no como islas. Tercero, en la regulación de detalle de la vía por inversión: umbrales verificables, métricas de impacto, resguardos de integridad y un procedimiento que sea exigente, pero legible, para los actores que efectivamente invierten.

 

El argumento a favor de la reforma es potente. Al concentrar en DNM el tramo final de un recorrido que el propio organismo acompañó desde el primer día, el Estado gana capacidad para decidir con información completa, reducir asimetrías y acotar la discrecionalidad. En paralelo, el canal por inversión, si se ata a criterios claros y a controles serios, puede alinear el instituto con objetivos de desarrollo sin desvirtuar el sentido de pertenencia que inspira la naturalización clásica. Lo contrario —un régimen ambiguo, silencios administrativos dilatados, o estándares que cambian sin aviso— reabriría las puertas a la judicialización que se quiso morigerar.

 

La ciudadanía en manos de Migraciones es una promesa de orden. Para que deje de serlo y se convierta en una realidad medible, hará falta consistencia normativa, procedimientos transparentes y una praxis que resista el escrutinio de colegas y tribunales. Si la transición se gestiona con esa vara, Argentina habrá dado un paso relevante hacia un modelo de ciudadanía más claro, trazable y alineado con una administración moderna. Y no es menor: en tiempos de competencia global por talento y capital, los países también se definen por cómo integran —con reglas, con garantías y con previsibilidad— a quienes eligen ser parte de su comunidad.

 

 

Citas

(*) Abogado (UBA). Especialista en Derecho Migratorio. Socio fundador de Global Mobility Argentina.

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