Fallos
Viernes 09 de Octubre de 2009
¿Cómo es el Trámite para no Recibir más Llamadas de Publicidad?
Luego de haberse demorado más de tres años, tras su sanción en el año 2006, comenzó a implementarse el registro No Llame, por medio del cual los porteños que no deseen recibir llamados con ofrecimientos telefónicos de productos, tendrán la posibilidad de inscribirse en tal registro.
A pesar de que la normativa había sido aprobada por la Legislatura en el año 2006, estableciendo que las empresas poseían 90 días para poner al día sus bases de datos, por medio de una normativa sancionada el mes pasado, se estableció que tendrán 30 días corridos para poder llevar a cabo dicho trámite.
Tras vencerse ese plazo, la empresa deberá actualizar sus registros cada 15 días, siendo pasibles de multas que pueden llegar a miles de pesos en caso de no cumplir dicha normativa, tal como lo establecen las leyes de lealtad comercial y de defensa del consumidor.
Para cumplir con tal trámite todos los titulares de una línea de telefonía fija residencial y/o celular móvil, deben llamar al 147 desde la línea que desean bloquear, debiendo elegir entre las opciones “No Llame”, donde el sistema ofrece cuatro opciones, siendo la primera opción “darse de alta”.
Luego de realizar el trámite telefónico, los vecinos deberán concurrir al CGP de su barrio con el DNI y una factura telefónica, donde se les entregará un comprobante de inscripción.
A partir de ese momento corre el mencionado plazo de 30 días para que las empresas lo den de baja de los registros.
A pesar de que la normativa había sido aprobada por la Legislatura en el año 2006, estableciendo que las empresas poseían 90 días para poner al día sus bases de datos, por medio de una normativa sancionada el mes pasado, se estableció que tendrán 30 días corridos para poder llevar a cabo dicho trámite.
Tras vencerse ese plazo, la empresa deberá actualizar sus registros cada 15 días, siendo pasibles de multas que pueden llegar a miles de pesos en caso de no cumplir dicha normativa, tal como lo establecen las leyes de lealtad comercial y de defensa del consumidor.
Para cumplir con tal trámite todos los titulares de una línea de telefonía fija residencial y/o celular móvil, deben llamar al 147 desde la línea que desean bloquear, debiendo elegir entre las opciones “No Llame”, donde el sistema ofrece cuatro opciones, siendo la primera opción “darse de alta”.
Luego de realizar el trámite telefónico, los vecinos deberán concurrir al CGP de su barrio con el DNI y una factura telefónica, donde se les entregará un comprobante de inscripción.
A partir de ese momento corre el mencionado plazo de 30 días para que las empresas lo den de baja de los registros.
Entrevistas
El impacto de la GenIA en el mundo del trabajo
Mariana Fernandez Fasciolo y Alejandro Castello
POSADAS
POSADAS
opinión
ver todos
Por Maximiliano Zatta (*)
Eskenazi Corp
Eskenazi Corp
Por María Cecilia Ruiz (*)
Danone
Danone
Por Ricardo Mihura Estrada
RDA Legal Abogados
RDA Legal Abogados
Por Melany Di Polvere
Alfaro Abogados
Alfaro Abogados
detrás del traje
De CEROLINI & FERRARI ABOGADOS
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ARTÍCULOS RELACIONADOS