Mediante la Comunicación "A" 6885 (la "Comunicación"), el Banco Central de la República Argentina aprobó el texto ordenado de las normas sobre "Proveedores de servicios de pago que ofrecen cuentas de pago", que había emitido mediante la Comunicación "A" 6859, y cuyo plazo de implementación vence en el día de la fecha.
Mediante la Comunicación se crea el "Registro de Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago" dentro de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina. Los proveedores de servicios de pago deberán cumplimentar la solicitud de inscripción en dicho registro antes del 31 de marzo de 2020.
Finalmente, la Comunicación incorpora a dichos proveedores de servicios de pago al listado de empresas que realizan actividades complementarias a la actividad financiera, habilitando de esta manera a las entidades financieras a mantener participaciones en el capital de proveedores de servicios de pagos, constituidos en el país o en el exterior.
Por Gabriel Gómez-Giglio, Francisco José Fernández-Rostello y Mercedes Masjuan
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