En breve
El 1° de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 566/2026 del Poder Ejecutivo Nacional, que dispone la reducción y, en muchos casos, la eliminación total de los Derechos de Exportación (D.E.) aplicables a un amplio universo de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.).
En profundidad
El decreto establece tres esquemas de desgravación. El Anexo I fija en 0 % el D.E. de forma inmediata para posiciones de química inorgánica y orgánica (Caps. 28 y 29), fertilizantes (Cap. 31), plásticos (Cap. 39), caucho (Cap. 40), productos siderúrgicos (Caps. 72 y 73), metales no ferrosos (Caps. 74 a 81) y sector automotriz (Cap. 87: tractores, buses, automóviles, pick-ups, camiones, vehículos para usos especiales, chasis y determinadas partes).
El Anexo II establece un cronograma escalonado para un segundo grupo de posiciones de químicos, plásticos, caucho y automotores no incluidos en el Anexo I, cuyas alícuotas parten de 4,50 % y 3,00 % y se reducen mensualmente hasta llegar a 0 % el 1° de junio de 2027.
El Anexo III prevé un régimen especial para hidrocarburos, que alcanza a las posiciones 2707.30.00 (xilenos), 2707.99.90 (los demás aceites y productos de la destilación de alquitranes de hulla de alta temperatura y análogos), 2710.12.10 (naftas), 2710.12.30 (solventes), 2710.12.90 (los demás aceites livianos y preparaciones) y 2710.19.19 (los demás aceites medios y preparaciones). El decreto mantiene la mecánica de cálculo del Decreto 488/20 (atada al precio internacional del Brent), pero reemplaza tanto la alícuota fija del quinto párrafo del art. 7° como el parámetro del 8 % del sexto párrafo por el cronograma del Anexo III, que parte de 7,3333 % y baja mensualmente hasta llegar a 0 % el 1° de junio de 2027. No alcanza al petróleo crudo (partida 2709).
En lo que respecta a la vigencia, el art. 1° (Anexo I) comenzará a regir desde el 2 de julio de 2026, en tanto que los arts. 2° y 3° (Anexos II y III) entrarán en vigencia el 1° de julio de 2026, conforme el cronograma allí previsto.
Por Esteban Ropolo y Victoria Acevedo Freixas
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