Fallos
Lunes 22 de Junio de 2009
El Banco Central Reglamenta Participación de Entidades Financieras en Fideicomisos Destinados a Obras
A través de la comunicación “A” 4.937, El Banco Central de la República Argentina (BCRA), estableció la reglamentación aplicable a la participación de las entidades financieras en la suscripción de certificados y/o títulos de deuda de fideicomisos financieros o fondos fiduciarios del sector público nacional destinado a obras de infraestructura.
La nueva normativa, habilita la posibilidad de que las entidades financieras financien obras de infraestructura de interés público, resguardando que los instrumentos que adquieran posean una estructura que garantice su cobrabilidad.
El Banco Central, dispuso que se considerará en mayor o menor medida como un activo del sector público según la forma de instrumentación de la cesión de flujo futuro de fondos en función de la constitución de una garantía real o la cesión fiduciaria con la mejor prelación de cobro, otorgada contractualmente para los acreedores financieros, aplicando para ellos ponderadores que van desde el 25 al 75 por ciento del importe de la financiación.
En dicha comunicación, la entidad presidida por Martín Redrado, estableció que para garantizar el pago de los servicios financieros de esos valores, se fijaron requisitos prudenciales, tales como la cesión en garantías o prenda de los flujos futuros de cargos, impuestos o tasa que integren el activo de dichos fideicomisos o fondos.
Opinión
La norma que no se podía aplicar: La solución que brinda el Decreto 5/2026 y la paradoja de las exclusiones en contrataciones públicas
Por
Ignacio Adrián Lerer (*)
opinión
ver todos
Reparación integral post-Ley de Bases: El retorno de la doctrina Aquino en la jurisprudencia laboral
Por Florencia Durán (*)
elDial.com
elDial.com
Por Soledad Gonzalez
Barreiro
Barreiro
Por Carlos Rozen (**)
detrás del traje
De BAKER MCKENZIE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES



















































































































