A través de la Comunicación “A” 8042 de fecha 13 de junio de 2024 (la “Comunicación”), el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) modificó las normas sobre Exterior y Cambios, flexibilizando ciertas restricciones aplicables a operaciones de compra de títulos valores.
La Comunicación estableció que a partir del 1 de julio de 2024, los requisitos establecidos por la Comunicación “A” 734o de fecha 13 de agosto de 2021, no resultarán de aplicación en las compras de títulos valores que concreten los clientes con fondos en moneda extranjera recibidos en los 15 días hábiles previos a partir del cobro de capital y/o intereses de títulos de deuda emitidos por residentes.
A su vez, la Comunicación estableció que lo expuesto en el párrafo anterior será de aplicación en la medida que la reinversión de los fondos por parte del beneficiario resulte neutra en materia impositiva respecto de la operatoria de acreditación de los fondos en una cuenta a la vista del beneficiario en una entidad financiera y su posterior débito para la compra de valores.
Por Diego Serrano Redonnet y Alejo Muñoz de Toro
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