El caso se remonta al año 2018, cuando la empresa danesa de comida rápida Jagger Junk solicitó el registro de la marca en Europa. Musidor BV, la empresa que maneja los derechos de los Rolling Stones, se opuso, logrando bloquear el registro debido a la similitud con la marca “Mick Jagger”. Para superar esta oposición y en vista de la registración repetida de la marca oponente en los años 1998, 2012 y 2016, la empresa danesa solicitó la caducidad por falta de uso contra la marca de Mick Jagger.
En junio de 2024, la Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) determinó, en base a la insuficiente prueba aportada por el gigante del rock, que Jagger actuó de mala fe al registrar su nombre como marca para servicios de restaurante, bar y cafetería sin el propósito de uso efectivo, sino más bien como una estrategia para renovar su protección y proteger su nombre de posibles explotaciones comerciales sin su consentimiento. De esta manera, las marcas de Mick Jagger resultaron caducas.
En Argentina, se han observado prácticas similares a las de Jagger, conocidas como “marcas de repetición”. Las denominadas “marcas de repetición” surgen de la práctica de registrar sucesivamente modificaciones insignificantes de la misma marca durante la vigencia del registro anterior. El objetivo de esta práctica es mantener siempre vigente un registro con menos de cinco años de antigüedad, y así protegerse del ataque de caducidad por falta de uso que imponen los artículos 5 y 26 de la Ley 22.362. Este fenómeno suele verse en industrias donde la protección del nombre es crucial, como la moda y el entretenimiento. Sin embargo, la ley de marcas argentina, al igual que la europea, establece que una marca debe ser utilizada para los productos y servicios para los cuales ha sido registrada.
Como corolario, el caso de Mick Jagger destaca la importancia de la buena fe en el registro y uso de las marcas registradas. Tanto en Europa como en Argentina, el uso efectivo y genuino de una marca es esencial para asegurar su protección legal y evitar así consecuencias legales adversas.
Referencias: Mick Jagger was acting in bad faith with his European trademark registration. (chiever.nl)
Por Mercedes Bullrich y Mariana Guzmán
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