El 29 de abril de 2025, entró en vigencia un nuevo procedimiento para tramitar medidas de defensa comercial (derechos antidumping, medidas compensatorias y salvaguardias). El 28 de abril de 2025 fue publicada la Resolución N° 111/2025, mediante la cual la Secretaría de Industria y Comercio reglamentó el Decreto N° 33/2025, que había introducido modificaciones significativas en los procedimientos aplicables a las medidas de defensa comercial.
La entrada en vigor del Decreto N° 33/2025 se encontraba suspendida hasta tanto se dictara su reglamentación. En consecuencia, con la publicación de la Resolución N° 111/2025, comenzó a regir también el Decreto N° 33/2025. El Decreto 1393/2008 y la Resolución 293/2008 (reglamentaria del Decreto 1393/2008) han sido derogados.
Entre los principales cambios introducidos por el Decreto N° 33/2025 y la Resolución N° 111/2025 se destacan los siguientes:
-Unificación de autoridades. Los procedimientos son instruidos únicamente por la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE). Bajo el régimen anterior, las investigaciones eran instruidas por dos órganos técnicos: la Dirección de Competencia Desleal (DCD) y la CNCE. Las funciones que estaban asignadas a la DCD ha sido absorbidas por la CNCE.
-Etapa de asesoramiento previo. Se establece una instancia optativa de asesoramiento previo a la solicitud de inicio de una investigación o examen. En el régimen anterior, dicha etapa de asesoramiento era obligatoria. El asesoramiento no podrá extenderse por más de tres (3) meses.
-Duración de procedimientos antidumping y por subvenciones. Los procedimientos en materia de dumping y subvenciones deben concluir en un plazo máximo de ocho (8) meses contados desde su apertura, prorrogables extraordinariamente hasta doce (12) o dieciocho (18) meses. Anteriormente, las investigaciones debían concluir dentro de los diez (10) meses, con plazos de prórroga similares.
-Duración de los derechos antidumping y medidas compensatorias. Los derechos antidumping y medidas compensatorias no pueden aplicarse por más de tres (3) años, prorrogables por dos (2) años adicionales. En el régimen anterior, las medidas podían mantenerse hasta cinco (5) años, con posibilidad de prórrogas sucesivas.
-Intervención de terceros organismos. La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia y Subsecretaría de Defensa al Consumidor y Lealtad Comercial deben emitir dictámenes técnicos no vinculantes con respecto al impacto de una potencial medida antidumping o compensatoria. En el sistema anterior, este análisis era realizado exclusivamente por la CNCE.
-Examen por nuevo exportador. Un exportador extranjero que no haya realizado exportaciones de un producto afectado por derechos antidumping durante el periodo analizado en la investigación original puede solicitar el inicio de un “examen por nuevo exportador”. Entre otras condiciones, el nuevo exportador debe acreditar que sus nuevas exportaciones alcanzan un volumen mínimo de operaciones con relación al total importado en Argentina.
-Suspensión de derechos antidumping y medidas compensatorias. El Ministerio de Economía puede suspender la aplicación de derechos antidumping, medidas compensatorias o salvaguardias hasta un plazo máximo de seis meses, prorrogables por única vez por un periodo similar, por razones de interés público o vinculadas a la política general de comercio exterior.
-Nuevos formularios para iniciar procedimientos. La Resolución 111/2025 aprobó nuevos formularios para solicitar el inicio de investigaciones en materia de dumping, subvenciones o salvaguardias, exámenes por expiración de plazo o cambio de circunstancias, investigaciones por elusión, y exámenes por nuevo exportador.
El nuevo régimen es aplicable a las investigaciones cuyas solicitudes formales sean presentadas a partir del 29 de abril de 2025. Los procedimientos que estén tramitando la etapa previa de asesoramiento serán reencausados bajo el nuevo sistema.
Quedamos a su disposición para ampliar cualquier información o analizar posibles impactos específicos según sus necesidades.
Por Augusto Vechio y Agustín Perrino
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