Fallos
Miércoles 26 de Noviembre de 2008
Inédito Fallo Autoriza Juicio por Jurado para Menores
La Cámara Múltiple de Deán Funes, determinó en un fallo inédito, que los juzgados populares de la provincia de Córdoba, pueden someter a juicio a los menores de edad, en aquellos casos en que estén acusados de cometer delitos junto a mayores, no autorizando en dichos casos, a determinar la condena, la cual deberá ser establecida por los jueces de minoridad.
Tal decisión, fue adoptada por dicho tribunal, al momento de dejar firme una sentencia donde se condenaba a un mayor y a un menor como coautores del delito de homicidio en ocasión de robo, la cual había sido dictada por un juzgado popular.
A su vez, los magistrados expresaron que la decisión de dicho tribunal debe limitarse a establecer la responsabilidad penal en la causa, quedando a cargo del tribunal de menores, la individualización del evetual tratamiento penitenciario del menor.
En el presente caso, los jueces no hicieron lugar al reclamo de incompetencia efectuado por la defensa del menor, quien sostenía la incompetencia de los juzgados populares para llevar a cabo un juicio contra un menor.
En la sentencia dictada por dicho juzgado, el mayor de edad fue condenado a la pena de 18 años de prisión, mientras que un juez del fuero deberá resolver la condena que será aplicable al menor.
Artículos
Inteligencia Artificial en el Venture Capital: Usos, impacto y perspectivas
Por
Luis Merello Bas y Delfina Bianco
Tanoira Cassagne Abogados
Tanoira Cassagne Abogados


opinión
ver todos
Por Ignacio González Zambón
Tanoira Cassagne Abogados
Tanoira Cassagne Abogados
Por Jorge Alejandro Insua
Por Darío Lucas Valente (*)
Por Javier Puyol
detrás del traje
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS
ARTÍCULOS RELACIONADOS